Prestamistas privados de créditos al consumo
Prestamistas privados de créditos al consumo
ResponderBuenos días.
Sobre los prestamistas que siendo personas físicas y actuando de manera profesional, conceden préstamos al consumo, ¿ tienen que estar inscritos en algun registro ?
En Banco España existe uno para prestamistas privados hipotecarios no de consumo. Ley 5/2019.
En Ministerio Consumo ( Ley 2/2009) existe otro, donde figuran prestamistas privados de hipotecas distintas de las previstas en la Ley 5/2019 e intermediarios de préstamo de cualquier tipo, pero no prestamistas de crédito al consumo.
¿Alguien dispone de más información al respecto ?
Muchas gracias y un saludo a todos.
Hola, Anónimo.
Si se trata de particulares que quieren convertirse en profesionales, deberán inscribirse como empresa y estarán sujetos a la Ley 16/2011 del 24 de junio de Crédito al Consumo. Al no ser entidades bancarias, los prestamistas privados no están avalados por el Banco de España.
Esta ley también recoge la posibilidad de que sea un particular (familiar, conocido o desconocido) quien nos preste dinero, esto incluye también prestamistas particulares que podremos encontrar en páginas de anuncios. No obstante, por la gran cantidad que hay de estafas, nunca es recomendable acudir a desconocidos online para que nos presten dinero.
Además, si se trata de un préstamo entre dos particulares, la persona que recibe el dinero deberá presentarlo a Hacienda y si la persona que nos presta el dinero nos cobra comisiones o intereses por ello, deberá declararlo como "Rendimiento de capital mobiliario", algo muy poco común en prestamistas particulares que buscan hacerlo en la economía sumergida, pero que te conllevará problemas ante Hacienda.
Si quieres, aquí encontrarás más información sobre los prestamistas particulares.
¡Un saludo!
Gracias Agustina por su contestación.
Permítame que le pregunte nuevamente. Cuando indica que como profesional el prestamista tiene que inscribirse como empresa ¿se refiere a que tiene que estar dado de alta como autónomo en la actividad de prestamista ?
Un saludo