Buenos días, estoy inmerso en un proceso de extinción de condominio y novación de hipoteca. El banco me indica que además de AJD se debe pagar otro impuesto por liberar a un deudor de la hipoteca que, parece ser, es autonómico. El piso se encuentra ubicado en Barcelona.
¿Sabríais indicarme de que impuesto se trata y quien debe pagarlo?
Muchas gracias
Hola, Helper_1002711260.
La liberación del deudor de una hipoteca también está sujeta al impuesto sobre actos jurídicos documentados, cuyo coste dependerá de lo que se establezca en tu comunidad autónoma. Ahora bien, existen discrepancias sobre quién debe pagarlo: hay juristas que consideran que debe abonarlo el cliente, mientras que otros opinan que debe ser el banco en virtud del decreto 17/2018.
Nuestro consejo, por lo tanto, es que se lo consultes al notario, que podrá darte una indicación más precisa.
Un saludo.
Pregunta similar: IAJD EN NOVACIÓN CON CAMBIO DE DEUDOR
Buenas tardes. Mi duda es al siguiente en caso de un cambio de deudor y la consiguiente novación hipotecaria, quién ha de hacerse cargo del impuesto de actos jurídicos documentados. Se supone que el sujeto pasivo sigue siendo la entidad bancaria, y por lo tanto son ellos los que deben sufragar este impuesto, o por el contrario sería por parte del la persona que solicita la novación y la subrogación.
Gracias.
Hola, MATEWS.
Como comentamos en nuestra anterior respuesta, existe cierto debate sobre quién debe pagar el IAJD al producirse la liberación de un deudor de una hipoteca. Como no somos expertos en temas tributarios, nuestro consejo es que se lo preguntes al notario con el que vayas a formalizar la novación, que podrá prestarte un mejor asesoramiento.
Un saludo.