Buenos días, En 2015 hice una novación de mi hipoteca donde me bajaron el tipo de interés variable y me incluyeron una cláusula donde me limitaron el tipo de interés mínimo al diferencial. ¿Puedo solicitar que me quiten esa condición en base al artículo 21.3 del RD 5/2019 donde se establece que "en las operaciones con tipo de interés variable no se podrá fijar un límite a la baja del tipo de interés"? Cuando fuimos a firmar la novación al notario nos hicieron escribir un texto manuscrito donde decíamos que éramos conscientes que nuestra hipoteca incluía una cláusula que limitaba la variabilidad del tipo de interés...
Hola, Helper_1002708906.
Lamentablemente, ese artículo de la ley 5/2019, más conocida como nueva ley hipotecaria, no tiene efecto retroactivo, así que no se aplica en los contratos formalizados antes del 16 de junio de 2019, que es cuando entró en vigor. Por lo tanto, no podrás reclamar la eliminación de ese interés mínimo en base a ese artículo.
Ahora bien, sí se puede considerar abusiva la aplicación de un interés mínimo si se cumplen ciertos requisitos: si el banco lo incluyó sin informarte sobre su efecto, si no figuraba en la oferta de novación o si, en caso de que también te incluyera un interés máximo, este fuera desproporcionadamente alto. En caso de que cumplas alguna de estas condiciones, podrías reclamar la eliminación del interés mínimo.
Esperamos haber resuelto tus dudas.
Un saludo.