Buenos días,
mi hipoteca, de la financiera UCI, tiene algo de rebaja por tenerla domiciliada en un banco en concreto. ¿Me pueden cobrar comisiones por tener la cuenta abierta sólo para eso? si la hipoteca fuera con el banco sé que no, pero como es una financiera en teoría ajena al banco... no lo sé
muchas gracias
Hola, Neto Retovici.
Lo cierto es que es un caso excepcional, pues nunca habíamos visto que una financiera bonifique el interés a cambio de tener la hipoteca en la cuenta de otra entidad. Al ser un caso tan particular, nuestro consejo es que mandes tu consulta directamente al Banco de España, que podrá darte una respuesta oficial. Puedes mandarla a través de este formulario. Cuando obtengas tu respuesta, te agradeceríamos que la compartieras en este hilo, pues así otros usuarios podrán saber qué ocurre en estas situaciones.
Un saludo.
Muchas gracias,
Ya pregunté, y me acaban de contestar que tengo que pagar las comisiones.
Os pego parte de la contestación:
"debemos señalar que, si no viniera impuesta contractualmente la obligación
de mantener una cuenta vinculada al préstamo hipotecario contratado con la entidad
Unión de Créditos Inmobiliarios, S.A., E.F.C. –UCI–, podría efectuar los pagos mediante
una domiciliación bancaria en una cuenta de otra entidad –como parece ser su
caso–, o mediante transferencia o ingreso en efectivo, no siendo considerada en tal caso
una cuenta vinculada al préstamo hipotecario.
En consecuencia, le indicamos que ésta segunda entidad donde han domiciliado el pago
–Banco Santander–, estaría legitimada para el cobro por el mantenimiento de la cuenta
conforme a los términos del contrato ya que del mismo nacen los derechos y obligaciones
de las partes, que pueden establecer en los documentos contractuales las condiciones
que tengan por convenientes (vid. arts. 1091 y 1255 del Código Civil).
En esta línea se pronuncia la normativa de transparencia al disponer que “las comisiones
percibidas por servicios prestados por las entidades de crédito serán las que se fijen
libremente entre dichas entidades y los clientes” (vid. art. 3.1 de la Orden EHA/2899/2011,
de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios)."
Gracias!
Hola de nuevo.
¡Muchas gracias por compartir la respuesta del BdE! Parece que no te quedará otro remedio que pagar esa comisión si quieres mantener esa cuenta abierta. Ahora bien, es posible que, si cumples ciertos requisitos, el banco no te cobre esa comisión. Nuestro consejo, por lo tanto, es que leas el contrato de esa cuenta para ver si habría alguna manera de librarte de ese pago.
Un saludo.