Compra de propiedad sin registrar

Compra de propiedad sin registrar

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P
Pedro David
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Buenas tardes; estoy interesado en la compra de un terreno con una edificación de construcción antigua, que según catastro data del año 1960. Actualmente la finca se haya sin inscribir en el registro de la propiedad. El propietario tiene escritura pública de la propiedad (fue una herencia) y en la certificación catastral de inmueble, figura esta persona como titular con derecho del 100% de la propiedad. El uso de la finca es de clase urbano y de uso principal residencial. 

Nuestra intención es comprar y posteriormente registrarla, en el registro de la propiedad.

¿Podemos encontrarnos con algún problema después de la compra? Muchas gracias.

3 respuestas
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Respuestas
HelpMyCash
#1

Hola, Pedro David.

En principio, es totalmente legal comprar una vivienda sin registrar e inscribirla luego en el Registro de la Propiedad. Ahora bien, hacerlo implica asumir ciertos riesgos (la vivienda puede tener vicios) y pasar por una serie de trámites para demostrar que la vivienda debe estar a vuestro nombre. 

Nuestro consejo, por lo tanto, es que contactéis directamente con el notario que va a escriturar la compraventa. Este os explicará cuál es el proceso que tendréis que seguir y qué problemas os podríais encontrar. 

Un saludo.

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#2
D
Damaris
/

Pregunta similar: Declaracion de obra nueva antigua

Hola!

Quieremos comprar finca con casa pendiente de registrar.

Inmobiliaria tiene tods documentación preprada  y qiuere firmar declaracion de obra nueva antigua y venta en misma escritura.

La abogada nos aconseja partir escrituras y que se haga primero la declaracion de obra nueva antihua y luego firmaremos la compra.

Como lo veis? Cual camino es mas correcto?

Saludos

HelpMyCash
#3

citando a Damaris Pregunta similar: Declaracion de obra nueva antigua Hola!

Hola, Damaris.

Como no somos expertos en este tipo de temas legales, nuestra recomendación es que pidas cita previa al notario con el que pretendas escriturar la operación (es gratis) y que le pidas opinión. Este funcionario, que presta asesoramiento jurídico, podrá explicarte qué sería más aconsejable.

Un saludo.

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