Tipo de interés variable IRPH y sustitutivo CECA.

Tipo de interés variable IRPH y sustitutivo CECA.

Tipo de interés variable IRPH y sustitutivo CECA.

Responder
J
jporta
/
Tenemos una hipoteca con interés variable IRPH+0 revisado anualmente en noviembre con la referencia del IRPH de agosto. Dado que el IRPH desaparece, nos ha generado la duda de cuál índice se nos aplicará. Nuestro contrato pone como sustitutivo el "Tipo Activo de referencia de Cajas de Ahorro", el cual creémos que es CECA. Es así? Es cierto que este índice también desaparece? Si ambos desaparecen, qué índice se nos aplicará? En nuestro contrato especifica: "La interrupción a su vez, durante un lapso de tiempo superior a dos meses de la publicación del Índice de Referencia Sustitutivo, implicará la perduración de la aplicabilidad al crédito del último tipo de interés nominal anual que haya sido posible calcular". Si desaparecen los dos, conllevará que en la próxima revisión del interés (o en la de 2013), el último IRPH que haya sido publicado (posible calcular) se nos aplicará y que así se quedará hasta la extinción de la hipoteca, a no ser que haya una renegocición con el banco? Gracias.
11 respuestas
Última respuesta
Respuestas
#1
F
fran m.
/
yo tengo exactamente lo mismo en mi contrato q tu jporta. lo bueno seria lo q tu dices k nos dejaran fijo el ultimo irph publicado pero y si en vez de eso nos dejan fijo el ultimo tar publicado?. eso seria fatal ya q no baja de 5 por ciento y no queda claro si nos dejaran fijo el irph o el tar. k putada. esperos q pasa.......
A 1 persona le ha parecido útil
#2
L
lluisprivat
/
Pues yo estoy igual, ya lo he dicho en otro post, a ver si alguien que esté puesto en todo esto, entra y nos aclara algo. Yo creo que, de todas todas, quienes perdemos somos nosotros. El otro post es: /preguntas/3198/que-pasa-si-desaparece-irph-ceca-y-en-la-escritura-pone-valor-fijo/
A 7 personas les ha parecido útil
HelpMyCash
#3
Desde nuestro punto de vista, parece que la visión que expone @jporta es la más factible. El contrato no deja lugar a mucha duda.

¡Un saludo!

¿Te hemos ayudado?

Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:
#4
J
jporta
/
Lo que me pregunto yo ahora es... a) si el IRPH cajas (y bancos y CECA y TAR) ya no se publica a partir de abril de 2013 y mi hipoteca se revisa en noviembre de 2012 con el IRPH de agosto de 2012... b) y si realmente tienen la obligación contractual de aplicar "el último tipo de interés nominal anual que haya sido posible calcular"... c) entonces, ¿cuál será "el último tipo de interés nominal anual que haya sido posible calcular"? c1) el último interés nominal aplicado a mi hipoteca, léase, el de agosto de 2012? c2) o el último IRPH publicado por el BdE, léase el de abril de 2013? Gracias
#5
L
lluisprivat
/
Estoy de acuerdo con helpMyCash pero, insisto (lo he dicho en otros posts): la escritura habla de la no publicación del Indice (y hombre, queda bastante claro que se deberia por razones digamos accidentales, las que sean). El decreto del BOE, en la disposición transitoria, habla en el sentido, que en abril de 2013 deja de ser válido, a todos los efectos, los índices. lo cual me hace pensar que nos diran que esta clausula (la de la perduración del último indice.... ) se refiere a que si no se publica el índice por razones accidentales, no por su SUPRESION (que, evidentemente, implica la no publicación del índice). OJO!, NO QUIERO SER AGUAFIESTAS ni dar ideas malignas a los bancos (ya tienen bastantes ellos solitos), pero creo que es un matiz que debemos tener en cuenta para no confiarnos. Por desgracia, estoy casi convencido, que ante un juez perderiamos, ya que la misma clausula habla de la reanudación del índice. Quizás, pensando, pensando, los bancos acepten tal clausula si el índice es alto y no la acepten si es bajo.
A 1 persona le ha parecido útil
#6
K
kluster
/
hola jporta, creo que en tu situación hay bastantes afectados como es mi caso. Creo que por la descripción que haces de tu hipoteca, es de LA CAIXA de Pensiones. Decirte que estoy en tu mismo caso y me he leido toda la Escritura de la Hipoteca y se terminará seguro por una renegociación de nuestro caso, seguramente caso por caso. Por ello deciros que mucho ojo. Agradeceria que el primero que sepa algo en este sentido nos "ilumine" un poco a todos. Muchas gracias.
A 33 personas les ha parecido útil
#7
S
samizito
/
Yo tambien estoy igual... pone exactamente las mismas palablas, tmb la tengo con los timadores de la caixa... alguien a ido al banco a preguntar??? a mi me toca la revision en mayo...mmm osea q con el indice de marzo.. voy a ir al banco a ver q me dicen...
A 4 personas les ha parecido útil
#8
L
Lou
/
Hola. Agradecería que alguien que haya ido a negociar con la Caixa, informase respecto a la clausula que dice que se aplicará el ultimo valor "La interrupción a su vez, durante un lapso de tiempo superior a dos meses de la publicación del Índice de Referencia Sustitutivo, implicará la perduración de la aplicabilidad al crédito del último tipo de interés nominal anual que haya sido posible calcular". Es esto legal?. Estar hasta finalizar la hipoteca con un 4,19% de interés, cuando el Euribor está a 0.43.
A 2 personas les ha parecido útil
#9
V
V&M
/
Hay determinados Juzgados que están declarando nulo el IRPH y en caso de que no se pactase índice sustitutivo o el sustitutivo también se hubiese dejado de aplicar (otro IRPH), conllevaría que no hubiese que pagar intereses durante todo el préstamo. Hay una novedosa sentencia del Juzgado de lo Mercantil 7 de Barcelona en ese sentido. Las sentencias que están estimando nulo el IRPH lo hacen en base a que este índice podía ser alterado por las propias entidades de crédito que concedían los préstamos. Sobre posibles negociaciones, sería cuestión de hablarlo con el banco directamente, pero en los casos que llevamos en nuestro despacho el banco no ha accedido a negociar. Si lo desea, puede contactar con nosotros para más información. Vicente & Matanza.
#10
L
Lou
/

No he visto más movimiento respecto al tipo fijo que dejó La Caixa después de la desaparición del IRPH entidades. Dejar un tipo fijo (que es un IRPH) aunque lo diga el crédito hipotecario, es una clausula abusiva. Negociar con ellos es hablar con un muro. Hemos presentado queja al servicio de atención al cliente y al director de la oficina, a fin de que nos adapten la hipoteca al Euribor más un diferencial de un 1% como máximo (hay sentencias judiciales ganadas a diversas entidades). También presentamos instancia a Consum, para que la añadan a la instancia colectiva que presentó la PAH, por el abuso de IRPH. No os quedéis con este tipo fijo abusivo, denunciad!.

A 1 persona le ha parecido útil
#11
J
jporta
/
citando a Lou Hola. Agradecería que alguien que haya ido a negociar con la Caixa, informase respecto a la clausula que dice que se aplicará el ultimo valor "La inte...
Efectivamente, lo que la cláusula significa es que el interés se mantiene fijo hasta el final de la hipoteca, En nuestro caso el interés se nos mantendrá fijo en 3,9 hasta la finalización de la hipoteca a menos que, de mutuo acuerdo o por resolución judicial, se decidan modificar las condiciones hipotecarias. En nuestro caso no consideramos necesario buscar la modificación de las condiciones ni por la vía judicial ni por la vía del pacto con el banco. Cierto es que en la actualidad el Euribor se encuentra en cotas mínimas históricas que conllevan que una hipoteca con un interés fijo al 3,9 o al 4,1 se encuentre muy por encima de lo que se pagaría con un Euribor + 1. Cierto. Pero eso es ahora. Con un interés fijo te garantizas saber lo que vas a pagar el resto de tu hipoteca, Con un interés variable, no. Ahora está bajo, muy bajo, pero puede darse el caso que a medio y largo plazo las cosas cambien. Y es que los tipos de interés cambian con el tiempo. El Euribor llegó a estar a 4 y a 5. Y podría volver a estarlo en el futuro no muy lejano. El Euribor podría volver a subir y subir en los próximos años. Una de las causas de que en la actualidad los tipos de intereses se encuentren tan bajos es la decisión que des de hace unos años viene tomando el Banco Central Europeo de poner los tipos de cambio muy bajos para reactivar la economia. Eso ha generado que los tipos de intereses, entre los cuales el Euribor, hayan bajado en picado siguiendo el camino de los tipos de cambio. Pero justamente las últimas noticias parecen augurar una situación nueva para los próximos meses y años. La Reserva Federal de los Estados Unidos ha decidido empezar a aumentar los tipos de cambio y lo más probable es que el Banco Central Europeo no se quede atrás y haga lo mismo, lo que conllevaría que los tipos de interés, entre los que se encuentra el Euribor, también empezaran a subir paulatinamente siguiendo la senda de los tipos de cambio. Podría darse el caso que en tres o cuatro años el Euribor llegase de nuevo a superar el 3. Si renegocias o pleiteas con el banco para conseguir un cambio en el índice de un fijo (como el que por contrato ahora se te ha asignado) a uno de variable como el Euribor más uno que en las condiciones actuales es mucho más beneicioso, te podrías encontrar dentro de unos años volviendo a pagar más que lo que pagarías con un fijo. Al menos esto lo tienes que tener en cuenta. Haz tus cálculos. A esto hay que añadir que el Euribor también podría llegar a desaparecer, como algunas fuentes señalan. Si finalmente se te cambiara el interés fijo que tienes a otro de variable, vigila las cláusulas en el caso de desaparición del mismo, puesto que te podrías encontrar que el Euribor desapareciera dos o tres años desṕués de acogerte a él. No tengo tan claro como sí parece tenerlo el abogado que te ha contestado que la vía judicial sea la mejor opción en la actualidad. Sea como fuere, lee la letra pequeña y piensa bien con la almohada cualquier paso que quieras dar. Saludos.
Responder
Por favor, no escribas todo el texto en mayúsculas ni utilices palabras malsonantes. Ayúdanos a hacer del foro un espacio de intercambio agradable y útil para todos. Normas del foro

¡Hola! Hemos notado que tu publicación incluye una opinión o experiencia personal. Para mantener la integridad de nuestro foro, necesitamos que confirmes que:

  • Esta es tu opinión/experiencia 100% auténtica
  • Refleja tu interacción real con el servicio mencionado
  • No tienes ningún tipo de relación, directa o indirecta con la empresa o sus competidores
  • No has recibido ningún tipo de incentivo o pago por compartir tu opinión
¿Por qué es gratis?
Integridad editorial