Hola: Mi mujer y yo tenemos bienes gananciales, y las cuentas bancarias están a nombre de los dos. Pero hay una cuenta de valores que está sólo a mi nombre. ¿Puede esto suponer algún problema para mi esposa a la hora de mi muerte? El testamento lo tenemos de tal modo que ella es mi heredera y yo su heredero.
Hola, Juan Carlos. Muchas gracias por tu pregunta.
En cuanto a la herencia, todo depende de si hay un testamento o no. En vuestro caso lo hay. Por tanto, tras fallecer el titular de la cuenta de valores, en este caso tú, la cuenta se bloqueará hasta que se presenten los papeles de la herencia correspondientes. Una vez realizados los trámites, aceptada la herencia por parte de tu mujer (tendrá que aceptarla) y pagados los impuestos, se procederá al desbloqueo.
La cartera tendrá su valor de coste al día de fallecimiento. Ese es el valor por el que deberá pagar el impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Seguimos aquí para resolver las dudas que se presenten. ¡Un saludo!