Hola, José Luis laula gomez:
El dinero de la cuenta y sus bienes pertenecen a los herederos. Tendréis que justificar ante el banco que sois los herederos de los fondos de la cuenta mediante la presentación de la documentación que lo acredite, como el Certificado literal de defunción, el Certificado del Registro de Actos de Última Voluntad y la Copia autorizada del último testamento, o Auto de declaración judicial de herederos abintestato o acta de notoriedad. En este enlace te dejamos la guía sobre cómo gestionar las cuentas de un fallecido.
Un saludo.