Buenos días,
A ver si me podéis resolver unas dudas que me han surgido. Estoy interesado en la compra de una vivienda y tras alcanzar un acuerdo económico con el vendedor, la inmobiliaria me manda un contrato de arras en el que me surgen varias dudas en estos puntos:
" Quinto. - La vivienda se encuentra gravada con un crédito hipotecario a favor del CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE MADRID, el cual será liquidado económicamente por la parte compradora, como parte del precio de compra, transmitiéndose así la vivienda objeto de la compraventa totalmente libre de cargas.
La vivienda se compra como cuerpo cierto y la entrega de llaves y toma de posesión, se realizará a la firma de Escritura Pública, salvo pacto contrario entre las partes.
Se realizará un inventario gráfico y escrito de aquellos enseres que van a permanecer en la vivienda como parte de la venta y en beneficio del nuevo comprador.
Sexto. - Todos los gastos e impuestos que se generen como consecuencia de la compraventa serán abonados por la parte compradora excepto el impuesto de plusvalía municipal que correrá a cuenta de la parte vendedora. "
De este extracto entiendo que la parte compradora,(yo en este caso) asumiría los gastos que se generen de la cancelación de la hipoteca? Ya que al no especificar lo contrario e indicar en el punto sexto que todos los gastos derivados de la compraventa se hará cargo la parte compradora me generan muchas dudas.
Un saludo y gracias
Hola, Angel.
Por lo que nos cuentas, entendemos que sí se puede interpretar a tu manera. Y es que se establece que la hipoteca sobre la vivienda será liquidada por el comprador como parte del precio de la compra, así que se podría interpretar que, como comprador, también aceptas hacer frente a los gastos de cancelación asociados a la liquidación del préstamo.
También se podría interpretar, eso sí, que como no se especifica quién debe pagar los gastos de cancelación de la hipoteca, los tiene que pagar el interesado, que en este caso sería el vendedor (pues la vivienda tiene que quedar libre de cargas para poder venderla).
Como es un caso muy "gris", nuestro consejo es que contactes con la inmobiliaria y pidas que se especifique claramente en el contrato quién debe pagar esos gastos de cancelación. De este modo, lo tendrás claro desde el principio y no te llevarás sorpresas de última hora.
Si quieres más información sobre este tipo de acuerdos, puedes entrar en nuestra página sobre los contratos de arras.
Un saludo.