obligación de abrir una cuenta para recibir toda la herencia
obligación de abrir una cuenta para recibir toda la herencia
ResponderHola, me gustaría saber en qué normativa se basa la agencia para obligarme a abrir una cuenta para recibir la totalidad de la herencia recibida de mi tía. Parte de la cantidad no se ha ingresado en mi cuenta francesa. Vivo en Francia y no tengo interés en abrir una cuenta en España. Encuentro esta práctica más que abusiva y me gustaría que alguien me informara al respecto. Atentamente,
Hola, ros:
Según el Banco de España, no existe una ley que obligue a abrir una cuenta para recibir una herencia. De hecho, el Banco de España estipula que si el banco nos ofrece abrir una cuenta para la recepción de la herencia, podemos rechazarlo y solicitar otras alternativas, como la emisión de un cheque, realizar una transferencia o entrega de los fondos en metálico. Pero en ningún momento el banco puede imponer ese requisito, ya que está obligado a poner a disposición de los herederos los fondos de la persona fallecida. Por tanto, tienes derecho a negociar con el banco el método para la recepción.
Cabe destacar que el método ofrecido por el banco (en este caso, la apertura de una cuenta) siempre será gratuito, pero si preferimos otra opción, entones cabe la posibilidad que nos cobre por ello.
Puedes obtener más información consultando la memoria del Banco de España de este tema al respecto.
Saludos