Comprar al vecino su vivienda y unificarlas ambas

Comprar al vecino su vivienda y unificarlas ambas

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H
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Hola Buenos días. Soy casado  y con 3 hijos , por lo que somos familia numerosa. 

Queremos comprar un pequeño apartamento junto al nuestro y unificar ambas viviendas para aumentar el espacio de nuestra vivienda. 

Cómo podemos beneficiarnos de la condición de familia numerosa?

Es posible la unión?. 

Es muy caro ?.

Etcétera 

Gracias de antemano por todo 

Un saludo 

 

1 respuesta
Respuestas
Profesional verificado
#1
Jesús Benavides Lima
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En relación a su consulta, comentarle lo siguiente:

1.- En primer lugar, lógicamente, deberá proceder a adquirir el apartamento colindante al suyo, para lo cual deberá otorgar una escritura de compraventa e inscribirla en el Registro de la Propiedad. Ello tiene un coste en forma de arancel de Notarios y de Registradores, y también un coste fiscal en forma de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

En su caso, si son familia numerosa, normalmente la normativa autonómica reguladora del tributo suele recoger beneficios fiscales para familias numerosas (por ejemplo, en Cataluña el tipo impositivo sería del 5% si se cumplen ciertas condiciones adicionales de renta).

2.- Una vez hayan adquirido la vivienda, deberán proceder a realizar la operación de agrupación de las fincas. A tal efecto, deberán otorgar una escritura (y posteriormente inscribirla en el Registro de la Propiedad) de agrupación de fincas, cumpliendo todos los requisitos legales para ello (como sería el acuerdo favorable de la Junta de Propietarios, así como la autorización administrativa correspondiente, según lo establecido en la normativa autonómica y local en la que se hallen las viviendas). Asimismo, dicho acto también generará un coste fiscal por el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

A a vista de todo ello, lo más adecuado es que acuda a un Notario de su confianza en la zona de las viviendas, a los efectos de que puedan asesorarle adecuadamente para iniciar los trámites de la operación, si la misma es viable a la vista de la normativa administrativa de su comunidad y/o localidad.

Espero haber resuelto sus dudas, quedando a su disposición si tiene alguna consulta adicional.

Saludos cordiales.

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