Buenas tardes,
Estoy realizando la operación de una extinción de condominio pero sin subrogación en la entidad.
La idea es ir a otra entidad, realizar la extinción (que en Catalunya tributa 1'5% sobre el valor de la casa.
Mi pregunta és : si realizo esta operación en otra entidad que gastos tendría aparte del 1'5% de la extinción.
Valor casa 319000€ crédito restante 140000€ a pagar a la otra parte por su %de propiedad de la casa 55000€
Gracias,
Hola, Nil.
Estaríamos hablando de dos operaciones: una para quedarte como único copropietario de la vivienda (la extinción de condominio) y otra para quedarte como único titular del préstamo hipotecario.
La extinción de condominio para quedarte como único copropietario tiene varios gastos asociados: el impuesto sobre actos jurídicos documentados (IAJD), que en Catalunya es del 1,5%, y los aranceles notariales y registrales. Además, si contratas una gestoría para que te haga los trámites, tendrás que pagar sus honorarios.
Para quedarte como único titular de la hipoteca puedes hacer dos cosas: pactarlo con vuestro banco (una novación) o contratar un nuevo préstamo hipotecario con cualquier otra entidad, solo a tu nombre, y cancelar el que tenéis en común. Por lo que nos cuentas, te decantas por esa segunda opción, así que tendrías que pagar los gastos asociados a la cancelación, que te costarán unos 1.000 euros, y los de la constitución de la nueva hipoteca, que sería la tasación de la vivienda (unos 300 euros) y la posible comisión de apertura.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Pregunta similar: Extinción de condominio sujeta a hipoteca
Tengo una hipoteca al 50% con mi exmarido, en las escrituras solo consta que tengo un 10% porque fue de autopromoción y para la compra del suelo yo solo aporté ese 10%, de todo lo demás aporté el 50% (proyecto de obra...). Yo creía que era mío el 50%, como así me hizo creer él, hasta que Hacienda me reclamó por estar desgravando por el 50% no por el 10%. Ahora no nos ponemos de acuerdo para hacer la extincion de condominio, pues él se quiere quedar con la casa y yo le pido lo que yo aporté y él tan solo me quiere dar el 10% de la tasación de la casa (520.000€). Quedan 155.000€ pendientes de hipoteca. Voy a tener que ir a juicio para hacer la extinción, pero no sé cuánto me corresponde a mí.
Hola, Lucía.
Tu situación plantea un problema: si solo eres propietaria del 10% del solar, solo puedes ser propietaria del 10% de la vivienda edificada sobre el mismo. Por lo tanto, técnicamente, si tu exmarido quiere quedarse con el 100% de la propiedad, debería compensarte por tu 10%.
Ahora bien, si has aportado más de lo que te corresponde por ese 10% de propiedad, técnicamente has donado dinero a tu expareja. Como no somos expertos en temas legales, no sabemos si puedes reclamar la devolución de esa donación, pero quizás puedas salir de dudas si se lo consultas a un notario.
Nuestra recomendación, por lo tanto, es que tú y tu exmarido pidáis cita en una notaría para que este funcionario, de manera gratuita, os explique cuánto dinero debería darte exactamente. Así, de paso, podréis evitar llegar a los juzgados si conseguís llegar a un acuerdo.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Por la extinción de condominio me corresponde el 10% de la tasación, pero ¿debo abonar a mi exmarido el 50% de la deuda hipotecaria pendiente, aunque él haga novación de hipoteca? (Quedan 155.000€)
Hola de nuevo.
No, no tienes que abonar a tu exmarido el 50% de la deuda hipotecaria pendiente. En principio, para calcular la compensación que debes pagar a tu exmarido, tienes que restar el 10% del valor del inmueble (el valor que le cedes) menos el 50% del importe pendiente de la hipoteca (la deuda tuya que él asume). Ahora bien, como decíamos en nuestra anterior respuesta, si la hipoteca se paga a medias, tú estás aportando de más a la operación, porque estás pagando más de lo que te corresponde según tu porcentaje de copropiedad. Por este motivo, te recomendamos pedir al notario que te calcule cuánto dinero tienes que entregar exactamente a tu exmarido.
Un saludo.