Buenas tardes, tengo una duda, cada septiembre me toca el cambio por revisión de mi hipoteca EURÍBOR a un año +1,25, la entidad bancaria desde el principio me decía que la revisión se haría con la media del mes anterior (agosto), viendo la revisión resulta que la cuota que pago de intereses sube casi 30€.
Mi préstamo hipotecario se formaliza ante notario el 06/09/2005. Con respecto a las Revisión de lnterés pactado dice:
b) Para dichos segundos y posteriores periodos, en que por cualesquiera de las partes se solicite la revisión, el tipo de interés a aplicar será el que resulte de lo establecido en esta misma cláusula, TOMANDO COMO TIPO BÁSICO DE REFERENCIA EL ÚLTIMO PUBLICADO EN EL SEGUNDO DÍA HÁBIL ANTERIOR A LA FECHA DE REVISIÓN.
Mi sorpresa es que miro la media del EURÍBOR del mes de agosto y esta por debajo de la media del mes de agosto del 2019, pero la cuota más alta. Pregunto a la entidad (Ahora Banco Santander, antes Banco Popular y originariamente Banco Andalucía) y me dice que el EURÍBOR está más alto, le enseño una captura de pantalla del Banco de España con la media de dicho mes y me siguen diciendo que esta más alto.
Tengo que decir que solicite la moratoria oficial y me la concedieron y luego solicite la moratoria que la entidad daba a sus cliente y fuera de la moratoria oficial y también me la concedieron, lo único que tendría que pagar por la moratoria "extraoficial" es el Interés de la cuantía a amortizar durante nueve meses.
También en la Nota Simple aparece que la entidad bancaria de cualquier modo escrito me deben notificar las cuantías que debo satisfacer durante el año tras le revisión, clausula que desde hace muchísimo tiempo no cumplen.
Ahora viene mis preguntas:
¿Qué puedo entender con respecto a las Revisión de lnterés pactado?
¿Está bien aplicado esa subida?
¿Cómo puedo reclamar, en caso de estar bien aplicada esa subida, a la entidad bancaria?
Gracias de antemano y esperando vuestra respuesta, reciban un cordial saludo Lolo Mey.
Hola, Lolo Mey Butrón.
Vaya por delante que es total y absolutamente falso que el euríbor de agosto de 2020 (-0,359%) sea más alto que el de agosto de 2019 (-0,356%).
Dicho esto, y respondiendo a tus preguntas, se nos ocurren dos motivos que podrían explicar por qué te están cobrando 30 euros de más:
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Que hayan cometido un error al calcular el nuevo interés. Para resolverlo, puedes interponer una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de tu banco.
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Que una vez acabada la moratoria extraoficial te hayan incluido las cantidades aplazadas en las cuotas restantes. Lógicamente, esto debería aparecer en el pacto de moratoria. Si no es así (o si acordaste otra manera de pagar el capital aplazado), puedes reclamar ante el Servicio de Atención al Cliente de tu banco.
En nuestra guía gratis sobre reclamaciones te explicamos cómo contactar con el Servicio de Atención al Cliente y cómo elevar la queja al Banco de España si no te contestan o no te resuelven el problema.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Muchas gracias por contestar y que debo entender por esto???:"... TOMANDO COMO TIPO BÁSICO DE REFERENCIA EL ÚLTIMO PUBLICADO EN EL SEGUNDO DÍA HÁBIL ANTERIOR A LA FECHA DE REVISIÓN.
Que tomarán el EURIBOR el segundo día hábil anterior al día 6 de cada septiembre???
Con respecto a la amortización de la moratoria, se quedaría para pagar el capital al final del plazo de finalización de la hipoteca (septiembre de 2035) y que solo pagaría los intereses aplicables a ese periodo de nueve meses de moratoria.
Hola de nuevo.
Sobre la primera cuestión, efectivamente entendemos que tomarán el último valor del euríbor que esté publicado en el segundo día hábil anterior a la fecha de revisión, que en tu caso entendemos que es el 6 de septiembre. Este año, por ejemplo, el 6 de septiembre ha caído en domingo, así que el segundo día hábil anterior sería el 3 de septiembre. El 2 de septiembre se publicó el euríbor de agosto (-0,359%), así que entendemos que es el que se te tendría que haber aplicado.
En cuanto a la segunda cuestión, si eso es lo que habíais pactado, el banco debería respetar ese acuerdo. Nuestro consejo es que vuelvas a pedir explicaciones a tu entidad, ya sea en la oficina o, como decíamos en la anterior respuesta, a través de una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente.
Un saludo.
Muchas gracias por la respuesta y por la información
Hola, buenos días.
Tengo una hipoteca que contraté hace casi un año, durante este primer año he pagado un 1,99 % fijo y a partir del 2 de octubre tendré un interés del 0,99 % + euribor. Mi duda es que no sé si se me tiene que aplicar el euribor de agosto o el de septiembre, porque en la escritura no lo pone claro: pone que se tomará como referencia el último valor del euríbor publicado en el dia hábil anterior a la fecha de revision, pero cómo se puede saber si el publicado será el de agosto o septiembre? Gracias.
Pregunta similar: Diferencial mal aplicado y euribor
Buenas.
Me gustaría saber que mes utiliza mi banco para aplicarme el euribor si tengo revisión cada 6 meses de mi hipoteca variable, revisiones en febrero y agosto. En las escrituras de mi hipoteca cita textualmente: "En todos los casos se tomará el valor del último indice que en la fecha anterior más próxima a la fecha inicial del periodo haya sido publicado en el BOE" Entiendo que deben coger el publicado en Julio 2024? pero ellos han cogido Junio 2024.
Por otro lado me están aplicando un 1,75 de diferencial y en mi escritura dice textualmente: " Indice de referencia principal si el préstamos se encuentra en la modalidad INTERES VARIABLE ( mi caso ): INDICE DE REFERENCIA PRINCIPAL "REFERENCIA BANCARIA A UN AÑO (EURIBOR)": Cuando se utilice este índice, el tipo nominal será el valor del ´`ultimo indice adicionado a 1.65 porcentuales"
Hola, may_chp.
Por lo que nos cuentas, entendemos que el banco debe usar el último valor del euríbor publicado en el BOE en la fecha en la que revisa tu hipoteca. El euríbor de julio se publicó el 1 de agosto de 2024 a las 9 de la mañana, así que si tu hipoteca se revisó ese día (más tarde de las 9) o en una fecha posterior, el banco debería haber usado ese valor. En cambio, si se revisó el día 1 antes de las 9 de la mañana o en una fecha posterior, el uso del euríbor de junio es el correcto, porque era el último valor publicado entonces.
En cuanto al diferencial, te recomendamos pedir cita en tu oficina bancaria para que te expliquen por qué te aplican un diferencial del 1,75% en vez del 1,65%. Si no lo corrigen y sus explicaciones no te convencen, puedes interponer una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de la entidad y, posteriormente, ante el Banco de España. En nuestra guía gratis sobre reclamaciones bancarias explicamos cómo funciona el proceso.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.