Hola, Santi.
El banco no puede embargarte tus cuentas porque sí. Para ello deberá denunciarte por impago y si llegaseis a juicio será un juez quien dictamine la forma de devolver el préstamo, pudiendo embargarte las cuentas.
Además, también te llegaría una comunicación por escrito donde aparecería la orden de embargo, así como el monto a embargar y un número de expediente del embargo.
Si se trata de un préstamo bancario donde tienes una cuenta con los recibos del préstamo domiciliado, aunque no te embargue, el banco sí que podrá pasar la mensualidad a tu cuenta y, si tienes saldo disponible, cobrar la cuota mensual descontándola de tu cuenta.
¡Un saludo!