cuánto tengo que pagar al notario por cancelar la hipoteca?
cuánto tengo que pagar al notario por cancelar la hipoteca?
ResponderBuenas tardes
Quiero cancelar la hipoteca y estoy investigando cuanto me podria costar. Con el notario tengo dudas... En algunos sitios he leido que el precio depende del capital de la hipoteca y en otros que es un precio fijo por ley... Me lo podrías aclarar?
Muchas gracias
Hola
Me pasa justamente lo mismo... no encuentro informacion fiable
Alguien con idea nos puede guiar? Gracias
Hola,
Al cancelar la hipoteca, en mi caso, tuve que pagar unos gastos de cancelación que no fueron demasiado altos para poder vender la casa. No recuerdo exactamente cuánto pague por la notaria, pero me atreveria a decir que no era un precio que fijaba la ley...
De todas formas hablo de memoria, mejor si algun experto te puede resolver tu duda sobre costes de cancelacion de hipoteca.
Mucha suerte.
Muy buena pregunta
Buenos días.
La normativa que regula los aranceles notariales que pueden cobrarse en una cancelación es difusa, de tal modo que puede interpretarse de dos maneras.
Una de ellas es entender, en el marco del Arancel Notarial, que la cancelación de hipoteca es un documento de cuantía. Por lo tanto, el Notario la tiene que facturar como tal, usando para el cálculo de los aranceles la siguiente escala:
a) Cuando el valor no exceda de 6.010,12 euros: 90,151816 euros
b) Por el exceso comprendido entre 6.010,13 y 30.050,61 euros: 4,5 por mil
c) Por el exceso comprendido entre 30.050,62 y 60.101,21 euros: 1,50 por mil
d) Por el exceso comprendido entre 60.101,22 y 150.253,03 euros: 1 por mil
e) Por el exceso comprendido entre 150.253,04 y 601.012,10 euros: 0,5 por mil
f) Por lo que excede de 601.012,10 euros hasta 6.010.121,04 euros: 0,3 por mil
Por lo que excede de 6.010.121,04 euros el Notario percibirá la cantidad que libremente acuerde con las partes otorgantes.
Además, en virtud de la Ley 8/2012, de 30 de octubre, sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero, para calcular el arancel devengado en una escritura de cancelación de hipoteca también hay que tener en cuenta lo siguiente:
- Hay que tomar como base el capital garantizado por la hipoteca reducido al 70%.
- También se aplica la regla 2.2.f del Arancel Notarial, que determina una reducción del 50% de los derechos arancelarios calculados en base a la escala indicada antes.
- Finalmente, hay que aplicar una rebaja adicional del 5% establecida por la disposición adicional octava del Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público
Ahora bien, existe también otra corriente interpretativa que considera que las cancelaciones de hipoteca son, en cambio, documentos sin cuantía, así que su coste debe ser de 30,05€.
La primera interpretación la avala la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, mientras que la segunda la avalan los Tribunales de lo Contencioso-Administrativo.
A mi juicio, la cancelación de hipoteca se trata de un documento con cuantía, con lo que habría que cobrar los aranceles correspondientes a la primera interpretación. Sin embargo, como la normativa actual no es clara, sería conveniente que se hicieran las modificaciones normativas pertinentes para clarificar esta cuestión.
Quedo a tu disposición.
Un saludo.
j.
Buenos días, Helper.
Tal y como señala Jesús, no hay una legislación clara sobre cuánto debe cobrar el notario por realizar la cancelación registral de la hipoteca. Sin embargo, lo habitual es que las notarías apliquen un precio variable en función del importe original de la hipoteca.
¡Un saludo!