Hola, Mari.
Si la otra persona decide quitar el aval, en principio tendrá que hacerlo mediante un acuerdo de novación entre las partes; avalista incluido. Por lo tanto, se necesitaría la participación de la persona que avala.
Ahora bien, también podría quitarse el aval mediante la contratación de una nueva hipoteca (sin el aval) para cancelar la anterior. En ese caso, no nos consta que el banco tenga la obligación de avisar al avalista, aunque por si acaso, recomendamos que preguntes directamente al banco si haría esa notificación o no.
Un saludo.
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