Consulta sobre certificado de no deuda de antiguo citibank

Consulta sobre certificado de no deuda de antiguo citibank

Consulta sobre certificado de no deuda de antiguo citibank

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Virginia María Linares Acevedo
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Hola, mi suegro tuvo una hipoteca con antiguo citibank que abonó en su totalidad sobre un piso que dejó en herencia a mi marido y mi cuñada,cuando finalizó no presentó la liquidación en el registro y aún aparece como carga a la finca.Alguien sabe como solicitar un certificado de no deuda.Un saludo.

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HelpMyCash
#1

Hola, Virginia María Linares Acevedo.

Citibank la adquirió el Banco Popular, que posteriormente fue absorbido por el Banco Santander. Por lo tanto, entendemos que tu marido y tu cuñada tendrían que pedir el certificado de deuda cero a esta entidad, que tendría que dárselo gratuitamente. Para hacerlo, pueden concertar una cita con el director de la oficina más cercana.

Aprovechamos para recordar que podéis liquidar esa carga por vuestra cuenta y que, si lo hacéis, os saldrá más barato que si dejáis el trámite en manos del banco. En nuestra página sobre la cancelación de la hipoteca os explicamos cómo hacerlo. 

Un saludo.

 

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#2
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Virginia María Linares Acevedo
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Muchísimas gracias Miguel por la información, hemos contactado ya con una oficina de Banco Santander y sólo nos facilitan un número de línea 900 para información genérica en la que ni admite el número del dni del titular al estar fallecido y la deuda tan antigua,mi suegro terminóde abonaría hace años.Por otro lado no sabía que los bancos cobraban por emitir un certificado de no deuda,a mi,Unicaja me emitió el mío al finalizar mi hipoteca de manera gratuita, sabrías decirme importe aproximado?.Muchas gracias. 

HelpMyCash
#3

Hola de nuevo. 

El certificado de no deuda (o de deuda cero) es totalmente gratuito, disculpa si no me he explicado bien. Si en ese número no os dan ninguna solución, quizás podríais poneros en contacto con un notario para que os diga si hay alguna alternativa. En principio, no os cobrará nada por la consulta. 

Asimismo, aprovechamos para decir que si tu suegro terminó de pagar su hipoteca hace 20 años, el Registro de la Propiedad eliminará automáticamente la carga sobre la vivienda, sin necesidad de que hagáis nada. 

Un saludo.

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#4
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Virginia María Linares Acevedo
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Millón de gracias!! Me has ayudado mucho.

#5
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Virginia María Linares Acevedo
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Buenos días Miguel de nuevo,

 

Siguiendo sus recomendaciones para solucionar el asunto objeto de consulta,he acudido a la oficina del Banco Santander del municipio del inmueble,me dicen tras solicitar la cancelación y facilitar DNI de mi suegro que no consta absolutamente ningún dato en su histórico. Por otro lado igualmente me puse en contacto con la notaría del municipio y ahí me indican tras describir detalladamente el problema que tampoco pueden hacer nada sin la acreditación bancaria.Se le ocurre alguna otra vía, quizás a través del banco de España o lo que estime para dar solución, tenemos el cliente interesado en la vivienda  a la espera de solucionar este problema.

Otra vía utilizada ha sido entrar en Santander-e que nos habían indicado fueron los responsable de la absorción de Banco Popular pero,al ser únicamente una banca on line ni siquiera puedes acceder sin contraseña ni código. 

No puedo entender que en un caso así no haya una solución factible.

Agradeciendo su atención de antemano 

Virginia Linares 

HelpMyCash
#6

Hola de nuevo. 

Es posible que los datos de la antigua hipoteca de tu suegro no conste en la oficina de su municipio, pero si en la base de datos centralizada del banco. Por ello, nuestro consejo es que hagas la petición a través del Servicio de Reclamaciones y Atención al Cliente de Banco Santander. Te dejamos un enlace a su página, en la que encontrarás las maneras de ponerte en contacto con este servicio. 

Si rechazan tu petición otra vez (que no deberían) o no te contestan en un mes, puedes interponer una reclamación ante el Banco de España para que les obligue a entregarte ese certificado de deuda cero. En esta guía gratuita te explicamos cómo hacerlo. 

Esperamos haberte ayudado y te deseamos mucha suerte. 

Un saludo. 

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#7
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Virginia María Linares Acevedo
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Nuevamente agradecer toda tú ayuda.

Gracias!!!

#8
V
Virginia María Linares Acevedo
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Hola de nuevo Miguel,tras mil y una gestión con Openbank,Santader y Santander Consumer sin ningún resultado conseguimos una dirección de correo de Citibank y hemos obtenido la siguiente repuesta por correo.Está localizado pero nos piden 100.00€ por gastos de gestión, es normal?.

Una vez revisado el expediente, le informamos que la operación objeto de cancelación ha sido localizada y por tanto para la tramitación de la escritura para presentar en el registro, es necesario aportar lo siguiente:

 

1.- Escrito firmado por el actual propietario del inmueble, indicando lo que solicita.

2.- Copia del DNI del solicitante y declaración de herederos.

3.- Ingreso de comisión de gestión de 100€ en la cuenta de Citifin ES*** indicando nombre y DNI del titular del préstamo.

4.- Datos de contacto para la gestión.

 

Todo ello puede ser remitido a esta misma dirección de email: ***

 

Una vez recibida esta información procederemos a la apertura del expediente y nuestros apoderados se pondrán en contacto para ultimar los detalles del proceso de formalización.

Q

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HelpMyCash
#9

Hola de nuevo. 

Lo que te ofrecen desde Citibank, por lo que nos cuentas, es gestionarte la cancelación de la hipoteca. Sin embargo, se trata de un trámite que puedes hacer por tu cuenta pidiendo el certificado de deuda cero y acudiendo tú al notario, a Hacienda y al Registro de la Propiedad. 

Nuestro consejo, por lo tanto, es que les mandes un correo solicitando simplemente el certificado de deuda cero, cuya emisión debe ser gratuita. Cuando te lo manden, puedes llevarlo al notario para que prepare la escritura de cancelación y notifique a la entidad, que deberá mandar a un apoderado (gratuitamente) para que la firme. Si pretenden cobrarte algo por alguno de estos trámites, puedes mandarles este enlace al Banco de España en el que se aclara que el certificado de deuda cero es totalmente gratuito. 

Un saludo y mucha suerte.

 

 

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#10
V
Virginia María Linares Acevedo
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Tú repuesta se corresponde con lo que pensaba,pero no he querido enviar la información sin volver a contrastar.Solicitaré lo que me indicas,junto con el enlace.

 

Nuevamente, muchísimas gracias.

 

Un saludo 

#11
V
Virginia María Linares Acevedo
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Buenos días de nuevo

Tengo una consulta que no tiene relación alguna con todo lo anterior. Tengo una situación personal delicada con mi expareja y una vivienda que adquirimos en su día, me ha solicitado la extinción del condominio y la propuesta es,asumir yo la deuda aún pendiente de cuantía importante o vender a un tercero.Mi intención es mantener la vivienda e ir por su primera opción pero mientras tanto se lleva a cabo él no abona el 50% de la cuota de la vivienda y yo,no puedo asumir el 100 % de esta,motivo por el cual ya se adeudan cuatro mensualidades.

Expuesto lo anterior quería saber cuanto tiempo o ,mejor dicho,hasta cuantas mensualidades se puede "dejar"de abonar antes de que comiences acciones legales contra mi.He solicitado al banco,que igualmente es Santander Consumer un número de cuenta para ir abonando directamente a ellos el pago parcial o asumir bimensualmente las cuotas y no me lo permiten ni me facilitan número alguno.De hecho en el enlace que me enviaste de esta entidad puse una reclamación que aún no ha sido contestada.

Siento lo extenso del correo.

Gracias

HelpMyCash
#12

Hola de nuevo. 

Antes de nada, quiero darte las gracias por confiar nuevamente en nosotros. 

En cuanto a tu pregunta, la ley establece que los bancos no pueden ejecutar la hipoteca y pedir el embargo de la vivienda hasta que no se produzcan 12 impagos (o 15, si ya estás en la segunda mitad del plazo del préstamo). Mientras tanto, sin embargo, se pueden ir acumulando intereses de demora, que irán aumentando la deuda. Por ello, nuestro consejo es que intentes llegar a un acuerdo para que te cobren unas cuotas más asequibles. Te dejamos un enlace a una guía gratuita en la que explicamos qué soluciones tienes a tu alcance.

Respecto a tu reclamación, si ha pasado más de un mes desde que la mandaste, tienes derecho a elevarla ante el Banco de España. En este enlace encontrarás más información. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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#13
V
Virginia María Linares Acevedo
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Me has ayudado muchísimo, estaba preocupadísima puesto que tengo un local comercial en propiedad y no sabía si podían proceder al embargo de este.Iba a cambiar la titularidad de este justo esta semana pero he pensado que quizás siendo cotitular unicamente,y en vista de lo dificil de la situación es mejor dejarlo de momento así.Entiendo que para un banco será más complicado cuando la propiedad es compartida, qué me recomiendas.Ya tengo cita para Jueves en notaria y pensaba anularla.

Gracias 

#14
V
Virginia María Linares Acevedo
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Hola de nuevo,

Me han llamado de "Intrum" y explicado que a partir del tercer mes lo llevan por vía judicial y podrían empezar a intervenir; cuentas,nóminas,embargar bienes menores y toda propiedad que tengas a tú nombre.Como te he explicado tengo un local comercial en propiedad y bajo ningún concepto querría ponerlo en riesgo.

Es esto así o sólo una "amenaza" del departamento de impagados.

Gracias 

HelpMyCash
#15

Hola de nuevo. 

Si te parece bien, empezaremos por la segunda pregunta. Entendiendo que la reclamación de la deuda es únicamente por la hipoteca sobre la vivienda que tienes en común con tu expareja, no se puede embargar absolutamente nada hasta alcanzar los 12 impagos que antes te mencionábamos. Así lo establece la ley hipotecaria en vigor desde 2019, cuyo artículo sobre el vencimiento anticipado es retroactivo. 

Por lo tanto, sería totalmente ilegal que por esa hipoteca te embarguen bienes menores, propiedades o nóminas. Lo que sí podrían hacer sería quitarte dinero de las cuentas que tengas en el banco de la hipoteca, siempre que la escritura lo permita. 

En cuanto a la primera cuestión, como decíamos, por el momento ese local está fuera de peligro (hasta que alcances el 12º impago de la hipoteca), aunque tendrás que valorar si prefieres "protegerlo" cambiando su titularidad o no. Hay que decir, eso sí, que en caso de alcanzar el límite que antes comentábamos, lo primero que embargarían sería la vivienda. Solo si su valor fuera inferior a la deuda se podrían embargar el resto de vuestros bienes, incluida tu parte del local. 

De todos modos, como decíamos antes, lo ideal es que trates de llegar a un acuerdo para que tu deuda hipotecaria no crezca todavía más. 

Un saludo. 

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#16
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Virginia María Linares Acevedo
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Gracias Miguel,me dejas mucho más tranquila sabiendo que dispongo de ese periodo para darle solución.Lo ideal sería poder quedármelo yo aportando un nuevo garante (mi actual marido) pero el problema reside en que mi expareja debe solicitarlo conjuntamente conmigo y por motivos que desconozco no atiende a mi abogada ni siquiera al suyo para agilizar los trámites y mientras tanto se niega en redondo a abonar su 50% .

Volviendo a mi local, entiendes más apropiado que mantenga la titularidad compartida,de momento, hasta ver como evoluciona el asunto de mi vivienda y no haga de momento el cambio de titularidad?.

Gracias 

HelpMyCash
#17

Hola de nuevo. 

¡Gracias a ti! 

Sobre tu expareja, quizás no estaría de más recordarle que en caso de que el banco ejecute la hipoteca por impago, su patrimonio también podría ser embargado si el valor de la vivienda subastada no basta para saldar la deuda. Puede que de esta manera se dé más prisa en atender a los abogados.

En cuanto al local, se trata de una decisión puramente personal, ya que todo depende del miedo que tengas de perderlo si el impago se prolonga (no hay una opción más apropiada que otra). De todos modos, aprovechando que tienes una abogada a tu disposición, quizás le podrías pedir consejo, pues te podrá dar una respuesta más ajustada a tu situación. 

Un saludo.

 

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#18
V
Virginia María Linares Acevedo
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Buenos días Miguel de nuevo,una ,espero,última consulta.Tras reunión con abogados en el día de ayer,es clara la postura de mi ex sobre no pagar ninguna cuota más y ,como te dije,yo no la puedo atender al 100% pero cada dos meses voy a ir abonando una mensualidad. 

Mi consulta son dos:por un lado,sobre el tiempo o ,mejor dicho,número de mensualidades para ejecución que mencionaba,sería aplicable a la mía que fue firmada en el 2005,es con carácter retroactivo.Me han dicho que esa "protección " es muy reciente.En la escritura dice explícitamente que se podría ejecutar por impago de "ciertas mensualidades " sin especificar número de ellas.

La segunda es; yo quiero ir abonando,lógicamente ,en el orden de más antigua a más reciente pero como puedo garantizar que se aplica así. El banco sólo me ha facilitado un número de cuenta y pide que el asunto especifique sólo DNI.

Gracias 

HelpMyCash
#19

Hola de nuevo. 

¡Para eso estamos!

Sobre la primera consulta, no tienes que preocuparte: el artículo que regula cuándo se puede ejecutar una hipoteca, incluido en la ley hipotecaria de 2019, tiene carácter retroactivo. Por lo tanto, se aplica también en tu caso, así que lo que pone en tu escritura no tiene validez. 

Sobre la segunda, está claro que te conviene pagar de más antigua a más reciente para que no se acumulen intereses de demora. Nuestro consejo es que, para que conste, firmes algún tipo de documento con el banco en el que se especifique que las cuotas que pagas son de más antigua a más reciente. 

Un saludo.

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#20
V
Virginia María Linares Acevedo
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Genial, muchísimas gracias.

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