Subrogación parcial hipoteca

Subrogación parcial hipoteca

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S
Sergio
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Que gastos lleva aparejada la subrogacióN de uno de los cotitulares de la hipoteca en un tercero en Cataluña?

Mi pareja tiene un inmueble con su ex pareja a medias al igual que la hipoteca, yo estaría interesado en comprar la mitad del inmueble y por tanto asumir la mitad de hipoteca mediante la subrogación, en este caso

- El banco está obligado a mantener las mismas condiciones como el diferencial,interés....?

- la comisión bancaria de subrogación quien la asume el vendedor o yo el comprador?

-los gastos son de notaria un 0,5% sobre el capital que asumo de la hipoteca?

- la gestora de 200 a 400€?

- el registro de la propiedad 50% de los gastos de notaría?

- y del impuesto de AJD u otros en Catalunya estaría exento? O que % sería sobre el capital asumido de la hipoteca?

 

Muchas gracias

3 respuestas
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Respuestas
HelpMyCash
#1

Hola, Sergio. 

Trataremos de resolver tus dudas una por partes:

1. En cuanto a las condiciones, en una subrogación de deudor la hipoteca mantiene siempre las mismas condiciones de financiación. Ahora bien, el banco podría negarse a aceptar esta operación o podría aceptarla únicamente si, a cambio, se modifican esas condiciones mediante una novación. 

2. En general, la comisión la asume el vendedor, aunque no siempre es así. Nuestro consejo es que lo acuerdes con la expareja.

3. Técnicamente, los gastos de notaría, registro y gestoría tendría que asumirlos el banco, al menos según la disposición adicional sexta de la nueva ley hipotecaria vigente desde 2019. De todos modos, al ser un aspecto que no está del todo claro, lo mejor será que lo preguntes al banco. 

4. La subrogación es una operación que está exenta de pago del IAJD. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo.  

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#2
S
Sergio
/

Muchas gracias!!

por otro lado, entiendo que el acto de compra-venta de la mitad del piso si que está sometida al impuesto de AJD en Cataluña? Algún otro gasto respecto la compra-venta??

Saludos

HelpMyCash
#3

Hola de nuevo. 

Sí, por la compraventa en sí tendrás que pagar los gastos que correspondan, aunque el IAJD solo tendrías que abonarlo (junto al IVA) si la vivienda fuera de primera transmisión. Como es de segunda mano, el impuesto que habría que pagar es el ITP. 

En cuanto al resto de costas, puedes encontrarlas en nuestra página sobre los gastos de compra de vivienda

Un saludo. 

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