Buenos días,
actualmente vivo como arrandatario en régimen de alquiler con opción a compra y tengo la opción a compra que me gustaría hacer efectiva dentro de unos meses.
En mi contrato se especifica, de forma clara e inequívoca, cual es el valor de venta y se específica que a esa cantidad de venta hay que deducir el 50% de las rentas pagadas (descuento).
Mi pregunta es, a efectos de solicitar la hipoteca para la compra del inmueble, ¿cual es el valor de compraventa a escriturar?
El importe inicial menos el descuento
o
el importe inicial fijado en el contrato y considerar que el descuento ya se ha entregado a cuenta como parte del pago?
Muchas gracias de antemano.
Buenos días, Helper.
Respondiendo a tu pregunta, el valor de compraventa sería el que figura en el contrato que nos comentas. Aunque ya hayas pagado por adelantado una parte, el precio de puertas hacia afuera sigue siendo el mismo.
Esperamos haberte ayudado.
¡Un saludo!
¿Te hemos ayudado?
Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí: