Hola, para hacer el modelo 720, hay tres tipos de "cosas": cuentas, valores/rentas, e inmuebles. Yo tengo un depósito a plazo fijo en Younited (Francia). Mi pregunta es, de cara al 720, ¿se considera cuenta? ¿o valor/renta?
Gracias,
Hola, R:
Los depósitos se declaran como cuentas dentro del módelo 720, igual que las cuentas de ahorro.
Puedes encontrar más información sobre los depósitos extranjeros y su fiscalidad en esta página
Saludos
Pregunta similar: Duda modelo 720 depositos extranjeros
Hola buenas tardes,
Tengo una duda, si tengo dos depositos en el extranjero los cuales suman 45000€ y también tengo una cuenta en el extranjero con 8000€, tengo que presentar el modelo 720? Computan los depositos y las cuentas o son categorias distintas?
Gracias y saludos.
Hola, Sergi:
A la hora de presentar el modelo 720, las cuentas bancarias y los depósitos se engloban dentro de la misma categoría. Por tanto, deberás presentar el modelo 720 haciendo constar la información de todos los productos siempre que tu capital en el extranjero supere los 50.000 euros en total.
Saludos
Hola Sergi,
Muchisimas gracias ahora me ha quedado super claro.
Saludos,
Pregunta similar: Cuenta en el extranjero +50.000€
Buenas tardes.
¿Si supero la cantidad de 50.000€ en una cuenta en Estados Unidos, entiendo que estoy obligado a presentar el modelo 720, independientemente de donde tenga mi residencia fiscal?
He leído en la página de gob.es que es obligatorio en el momento en el que "recuperas" por así decirlo, la residencia fiscal en España, si todavía mantienes esa cuenta en el extranjero.
Y si no la he declarado, ¿que opciones tengo? ¿Presentar el modelo 720 aunque sea más tarde de lo que debería haberlo hecho? ¿No hacer nada? ¿El día que me transfiera ese dinero a España tendré problemas con Hacienda?
Gracias, un saludo.
Gracias Javier.
Tras consultarlo en la Consejería, esto es lo que me han respondido. Lo dejo por aquí para que sirva de ayuda.
"La Declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero (Modelos 720 y 721 de la AEAT) es una declaración informativa que solo corresponde hacer a los residentes fiscales en España. A efectos fiscales son residentes quienes cumplen los criterios de los artículos 8-10 de la Ley del Impuesto sobre la renta de las personas físicas. Solamente si usted es residente fiscal en España tendrá que presentar el modelo 720. Por el contrario, no tendrá dicha obligación si se la considera no residente en España a efectos fiscales."