Buenos dias.
Voy a realizar una novación de mi hipoteca, para quitar a mi ex-pareja de está. Ya en 2014, fecha de la ruptura de la relación, realizamos un condominio de la propiedad en el cual yo me quedaba con todos los pagos de esta hipoteca, en esa misma fecha se hicieron todos los cambios pertinentes en el registro y demás situaciones. Solo quedando pendiente del cambio en la hipoteca.
A partir de ese momento, asumo los gastos y en hacienda me sigo declarando solo el 50% de la hipoteca.
mi pregunta es:
¿Ahora cuando haga la novación que el banco me dice que si acepta con los pertinentes cambios en alguna clausula que solo modifica un incremento en la letra. Podria seguir declarandome en la renta ahora el 100% o tendria que seguir con el 50% que venia haciendo hasta este momento?.
Muchas gracias de antemano.
Hola, corduba1966.
Uno de los requisitos para poder desgravarte la hipoteca es que la vivienda se haya adquirido antes de 2013. En tu caso concreto, entendemos que compraste un 50% antes de ese año, pero el otro 50% lo adquiriste en 2014. Por lo tanto, la deducción tendrás que seguir practicándola sobre el 50% de lo que pagues por la hipoteca.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Buenas de nuevo. Y gracias por la respuesta.
Si, la hipoteca es de junio 2008, en mi caso no le compre su parte, solo asumí el coste de la hipoteca. Desde entonces me he idobdeclarandobel 50% y tenía esperanza de que al realizar esto ahora pudiese declararme el 100%.
Gracias de nuevo por tu respuesta, por lo que me dices tendré que seguir declarando solo la mitad de lo pagado.