Subrogación de posición acreedora en hipoteca
Subrogación de posición acreedora en hipoteca
ResponderInicié un proceso de subrogación de mi hipoteca a otro banco, es decir, cambio de acreedor. Al emitir el banco actual el certificado de saldo deudor me aparece una comisión del 0.5% sobre el capital pendiente. Busco en mi préstamo hipotecario y no aparece ninguna cláusula que indique esa comisión, solo que sí que puedo subrogarme a otra entidad bancaria. La directora del banco me dice que ese 0.5% es por cancelación anticipada del préstamo. Le indico que no es así, que es una subrogación de acreedor. Ahora me indican que la subrogación por tercero adquierente (que ésta sí que aparece) es del 2% en mi préstamo. Pero a mi entender, por tercero adquierente se entiende que la posición que cambia es el deudor, y no el acreedor que sería mi caso. Me gustaría saber cómo está al respecto la normativa porque leí en vuestro foro que para que me cobren la comisión del máximo 0,5% por subrogación de acreedor debe estar especificada en el contrato del préstamo. Gracias.
Hola, Drao.
Como comentas, la subrogación por terceros adquirientes es la de deudor, no la de acreedor. Por lo tanto, el banco no te puede cobrar esa comisión del 2%.
De hecho, incluso si se considerara ese concepto como una subrogación de acreedor, no te podrían cobrar más de un 1% si la hipoteca se firmó a partir del 2003 (y un porcentaje inferior si la firmaste en 2007 o posteriormente). Por lo tanto, la comisión que te estarían cobrando no se ajustaría a la legalidad. Puedes consultarlo en nuestra página sobre gastos de subrogación.
Por todo ello, nuestro consejo es que exijas hablar con el director o directora de la oficina de tu actual banco para asegurarte de que no te cobren esa comisión. Y si te ponen pegas, puedes hablar con el notario con el que firmarás la operación para que revise la escritura y acredite que no te la pueden cobrar.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.