He ganado el juicio de clausula suelo - La sentencia es de octubre de 2019 pero el banco no me ha pagado hasta enero de 2020. El banco me ha amortizado la parte de capital en 2020 (Durante los ejercicios 2013-2019 lo declaré como vivienda habitual) ¿Tendré que declarar el dinero cobrado en este ejercicio o el 2021?
Hola, jordi1000.
En primer lugar, la cantidad que el banco te haya devuelto por la aplicación indebida de la cláusula suelo no lo tienes que incluir en tu declaración de la renta. Hacienda deja muy claro que ese dinero no es necesario declararlo.
Ahora bien, como practicaste diversas deducciones por vivienda habitual sobre los intereses que pagaste indebidamente, sí tendrás que incluir esas sumas desgravadas en tu declaración del ejercicio del año de la sentencia, que finalizará en junio de 2020. En concreto, tendrás que incluir ahí lo deducido indebidamente en 2019, 2018, 2017 y 2016 (lo anterior ya ha prescrito).
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Pregunta similar: Claúsula suelo años 2009/2010
Hola.
Tras denunciar al BBVA en el año 2017 por el tema de la claúsula suelo, en junio del pasado 2019, el banco aceptó devolverme las cantidades referentes a la constitución de la hipoteca y lo cobrado de más pero se negó a devolverme los intereses y el caso está recurrido por lo que actualmente NO está cerrado. ¿Debería hacer la declaraciónes complementarias por las mensualidades deducidas?
Cabe destacar que las cantidades reclamadas al banco son de los años 2009 y 2010, por lo que no me queda claro sí está prescrito o debo hacer las citadas complementarias
Espero vuestra ayuda.
Gracias
Hola, Helper_601360561.
No, no es necesario que hagas esas declaraciones. Según la Agencia Tributaria, esa rectificación hay que hacerla cuando existe un acuerdo, laudo o sentencia. Como tu caso aún está abierto, no tendrás que hacer nada hasta que no haya una sentencia o pacto.
Para cuando llegues al final del proceso, en nuestra página sobre la desgravación de la hipoteca encontrarás la información sobre las deducciones de las cláusulas suelo.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Gracias por responder.
Entonces... entiendo que a pesar de que la reclamación es sobre los años 2009 / 2010 y ejercicios fiscales 2010 / 2011, ¿no ha prescrito?, tengo entendido que toda obligación con Hacienda prescribe a los 4 años....
Hola de nuevo.
No pasa nada.
Te agradezco tus respuestas, me han sido de gran ayuda.
Gracias a todos los que leen y responden en este foro.