Buenas noches.
Estoy en proceso de empezar una subrogación de interés variable a tipo fijo, pues ya la tengo aceptada por la nueva entidad.
Ahora bien, mi escritura de compraventa (diciembre 2012) dice que tengo una comisión por subrogación del 1%, creo haber leído que por ese año estaba regulado y era máximo 0,50% los primeros X años y un 0,25% los siguientes. La nueva ley (retroactiva en este punto de subrogación que me toca) redacta un 0,15% los 3 primeros años y un 0% después de esos tres primeros años.
¿Qué comisión exactamente es la me tocaría pagar?
Gracias de antemano.
Hola, macbora.
Como la subrogación la harás únicamente para cambiar una hipoteca variable a fija, no te podrán cobrar ninguna comisión por esta operación, pues se te aplicaría la nueva ley.
Sobre lo que pone en tu escritura, como bien comentas, la comisión por subrogación (siempre que no fuera para pasarte del variable al fijo) no debería superar el 0,5% en los primeros cinco años y el 0,25% después. Puede, sin embargo, que la comisión del 1% sea, en realidad, de subrogación de deudor, que es una operación distinta que consiste en cambiar al titular de la hipoteca por otro. Si ese es el caso, ese coste sí se ajusta a la legalidad.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Muchas gracias por tu respuesta. Y una pregunta más. Al ser una vivienda comprada antes de enero de 2013 (la compra fue en diciembre de 2012), ¿pierdo poder seguir desgravando el préstamo hipotecario al realizar esta operación de subrogación?
Gracias de antemano.
Hola de nuevo.
Sí, aún tendrás el derecho de aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual. Encontrarás más información sobre este tema en nuestra página sobre la desgravación por la hipoteca.
Un saludo.
Muchas gracias Miquel. Un saludo.