Hola, buenos días. Soy propietario de una VPO y tengo un préstamo cualificado, por motivos personales he iniciado la compra de otra vivienda obra nueva en otra localidad, ya he entregado un 10% del valor de esta, y estoy pagando el siguiente 10% con cuotas muy altas, por lo que mis ahorros están en su limite, por lo que puse a la venta la VPO y tengo comprador, pero para venderla necesito Novar la hipoteca, llevo pidiéndoselo a mi asesor de banca a distancia dos meses, me dice que no es necesario, inicié el permiso en la comunidad autónoma y ya me han contestado indicándome que necesito Novar o cancelar la hipoteca, mi asesor remoto ahora me dice que con otro certificado que me van a mandar no voy a tener problemas, ¿se pueden negar a Novar la hipoteca? por otra parte me dice que, por si acaso no me valiera, les mande nóminas contratos etc.. para hacer el estudio de novación, ¿que estudio? si no voy a ampliar capital ni nada, si no me equivoco lo que necesito es cambiar el tipo de interés que tengo, (aprobado por el consejo de ministros) a uno de mercado.
De necesitar el estudio, no lo deberían haber iniciado hace dos meses cuando se lo demandé la primera vez, ¿Podría reclamarles los perjuicios que me están ocasionando? a mi entender lo están retrasando injustificadamente y la prolongación en el tiempo de esta circunstancia, me está suponiendo apuros económicos.
Gracias por vuestras respuestas. Saludos.
Hola, xmizar.
Por desgracia, tu banco no tiene ninguna obligación de aceptarte la novación. Ahora bien, tampoco te debería dar falsas esperanzas, pues es algo contrario a los criterios de buenas prácticas publicados por el Banco de España. Si la demora es injustificada, sí podrías interponer una reclamación ante el servicio de atención al cliente de tu entidad y, posteriormente, ante el Banco de España. Sin embargo, eso no te serviría para reclamar indemnizaciones económicas, algo para lo que necesitarías acudir a un abogado para ver si sería viable presentar una denuncia ante un juzgado.
En cuanto al tema del estudio, las novaciones siempre se aprueban por parte del Departamento de Riesgos del banco, que necesitará varios documentos para hacer un análisis de viabilidad (aunque solo quieras cambiar el interés). Por lo tanto, es normal que te pidan documentación.
Dicho todo esto, si lo de la novación falla, dispones de otra alternativa: pedir una hipoteca a otro banco y usarla para cancelar tu préstamo cualificado. Dicha hipoteca la cancelarías posteriormente tras la venta de la vivienda de protección oficial (que ya no estará calificada como tal). Te saldría más caro, pues tendrías que abonar gastos de cancelación por partida doble, pero puedes ir solicitando financiación a otros bancos mientras el tuyo no te aprueba la novación para, al menos, tener un plan B.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Hola Miquel.
Gracias por tu pronta respuesta, me parece un atropello que no estén obligados a hacerlo cuando no es un capricho mío, si no, que es requerido por una administración.
El Plan B que comentas, ya lo había valorado, pero igualmente me parece de traca, tener que pagar dos veces por que la entidad no quiera hacer su trabajo, según como lo veo yo, por la nueva ley hipotecaria los gastos de esa novación parte tiene que asumirla el banco, por lo que les va ha suponer un gasto para luego cancelarlo rápidamente y por eso creo que esta es la solución a la que me están empujando para evitarse gastos., Mi yo práctico me dice que lo haga así pero me toca mucho la moral.
de todas formas no es incompatible ir mirando otra solución a la vez que me pongo en contacto con la oficina de reclamaciones de mi banco.
Gracias nuevamente.