Debo 5 meses de hipoteca ( 374€/mes ) porque me quede sin trabajo; llegué a un acuerdo con el director del banco que consistía en ingresar cada mes 500€; así he ido haciendo hasta el mes pasado que se me fue la persona a la que alquilaba una habitación. Ya tengo otra y voy a poder seguir con mi ingreso habitual pero me han llamado desde un teléfono en el que se han presentado como "departamento de riesgos" para decirme que si no pago pueden reclamarme todo lo que resta del préstamo ( unos 33000€) Mi pregunta es la siguiente: ha entrado en vigor la nueva ley hipotecaria que dice que para hacer lo que me indican tiene que haber 9 recibos impagados ( 2ª mitad del prestamo hipotecario) ?? mi hipoteca fue firmada en el año 2000.
Muchas gracias de antemano a la persona que pueda darme respuesta.
Hola, maria.
En principio, en estos casos se aplica con carácter retroactivo el artículo de la nueva ley hipotecaria que regula el vencimiento anticipado. Por lo tanto, no pueden reclamarte todo lo que resta del préstamo (aplicar la cláusula de vencimiento anticipado) hasta que el impago alcance las 12 mensualidades (o el 3% del importe original de la hipoteca) si estás en la primera mitad del plazo o las 15 cuotas (7% del importe) si estás en la segunda mitad. Encontrarás más información en nuestra página sobre el vencimiento anticipado.
Más allá de eso, quizás puedas llegar a otro tipo de acuerdo que te permita pagar la hipoteca poco a poco de otra manera. Te dejamos un enlace a una guía gratuita en la que explicamos cuáles son las opciones disponibles para evitar nuevos impagos.
Un saludo.