alguien puede informar y aconsejar? Gracias.
citando a Helper_1011773812Se dictó auto de concurso el día 20 y el 7 ya te dieron la exoneración? O aún estás esperando el BEPI? Por tiempos no...citando a PenchoMi abogada presentó concurso a finales de septiembre y el 20 de diciembre se dicto auto, lo que pasa que por las fiest...citando a Manuel30 Buenos días no tengáis miedo encerio cada caso es un mundo os explico mi situación para que no tengáis miedo, me llamo Manuel tengo 31 años y tenía...
A finales de octubre se publica Auto de declaración de concurso, se publica en Registro Concursal y en el BOE, pasados 15 días hábiles y no habiéndose presentado ninguna oposición, el juez dio plazo para presentar antecedentes penales actualizados y solicitar la Exoneración del Pasivo insatisfecho, una vez presentada la documentación y la solicitud el juez tardo aproximadamente 1 semana en dictar Auto de resolución del concurso y accediendo a mi solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho. Como se dictó el 20 de diciembre, y en navidad se paralizan los plazos, el 7 de enero se le notificó la resolución a mi abogada a través del procurador. Yo he seguido en cada momento los archivos PDF que se incorporaban a mi expediente con mi certificado digital.
citando a PenchoA finales de octubre se publica Auto de declaración de concurso, se publica en Registro Concursal y en el BOE, pasados...citando a Helper_1011773812Se dictó auto de concurso el día 20 y el 7 ya te dieron la exoneración? O aún estás esperando el BEPI? Por tiempos no...citando a PenchoMi abogada presentó concurso a finales de septiembre y el 20 de diciembre se dicto auto, lo que pasa que por las fiest...citando a Manuel30 Buenos días no tengáis miedo encerio cada caso es un mundo os explico mi situación para que no tengáis miedo, me llamo Manuel tengo 31 años y tenía...
- Es que después solicitar el BEPI, los acreedores tienen 10 días para presentar alegaciones, por eso decía que no me cuadraba... Ha ido muy rápido tu concurso, enhorabuena.
Pregunta similar: Ley de la Segunda Oportunidad
Hola a todos,
Acudo aquí en busca de opiniones sobre el concurso voluntario de acreedores, especialmente de personas que hayan pasado por una situación similar a la mía o de especialistas en el tema.
Actualmente estoy en un concurso de acreedores debido a una deuda de aproximadamente 12.000 € (sin intereses). Tengo asignado un administrador concursal que controla mi cuenta bancaria. No poseo bienes, pero mi nómina ha sido considerada como masa activa para el proceso. Mi abogado me informó que presentó una propuesta de plan de pago de unos 100 euros al mes, que cubriría un total de 5.000 €. Sin embargo, el administrador concursal me ha indicado que probablemente esta propuesta no será aceptada. Según su experiencia, cree que tendré que pagar la totalidad de la deuda sin intereses en un plazo de un año, es decir, 1.000 € al mes.
El administrador concursal insiste en que solicite la cancelación del concurso porque considera que no es beneficioso para mí y me recomienda negociar directamente con los acreedores. Por otro lado, mi abogado me aconseja no prestar atención a lo que dice el administrador concursal.
En este momento me encuentro en un dilema: no sé si debo solicitar la cancelación del proceso. Además, sigo pagando los honorarios de los abogados y no tengo claro cuál decisión sería más beneficiosa para mi situación.
¿Alguien ha pasado por algo similar?
Hola a todos,
Os presento el siguiente caso.
Tengo una deuda hipotecaria de una vivienda de la cual fui avalista, la propietaria se dio al impago y entonces se me reconoce la deuda a mi.
El importe es alrededor de 50.000 €, en mi CIRBE es la única deuda que aparece.
Leyendo la Ley de la Segunda Oportunidad una de las condiciones es tener más de un acreedor pero en mi caso el único acreedor es el banco de la hipoteca.
Tengo alguna posibilidad de poder presentar la Ley de la segunda oportunidad? Si no fuera el caso, que podría hacer.
Gracias
Saludos
citando a Ryuk Hola a todos, Os presento el siguiente caso. Tengo una deuda hipotecaria de una vivienda de la cual fui avalista, la propietaria se...
Sí que deberías hacerlo, de hecho si quieres mi abogado que me lo hizo a mí del cual estoy muy contenta lo hace.
y yo la verdad que estoy tranquila
citando a Ryuk Hola a todos, Os presento el siguiente caso. Tengo una deuda hipotecaria de una vivienda de la cual fui avalista, la propietaria se...
Solo tienes un acreedor y ademas supongo q puedes hacerte cargo de la deuda por lo q dices q no tienes mas deudas por lo cual la ley de la segunda oportunidad no es para ti.
Hola a tod@s,
Sólo paso para comentaros que me han aprobado una hipoteca después de pasar por este largo proceso. Así que sí, que se puede tener una segunda oportunidad.
Únicamente debéis esperar al menos, 6 meses desde que dejáis de aparecer en CIRBE y aseguraros de no aparecer en ningún otro fichero (asnef, badexcu, cirex, fij, boe ). Esto tiene bastante trabajo pero al final compensa.
Mucho ánimo a todos!!
Hola a todos, yo tengo el auto definitivo desde noviembre. Ya solicité borrado en asnef, estoy limpia en CIRBE y solicité borrado en el registro público y ya no figuro. En el BOE o no se mirarlo o no aparezco. Me gustaría saber si me dejo algo atrás. Y contaros que yo lo hice con libertad de deudas(SYR legal) en julio hablé con ellos y en noviembre tenía el auto de exoneración. Muy contenta la verdad, pago mensualidades.
A donde mandaste para eliminar los datos en el BOE? Es el único sitio donde aparezco. Y cuando te dieron la exoneración? Graciascitando a silvia Hola a tod@s, Sólo paso para comentaros que me han aprobado una hipoteca después de pasar por este largo proceso. Así que sí, que se puede...
Hola Martis,citando a Martis A donde mandaste para eliminar los datos en el BOE? Es el único sitio donde aparezco. Y cuando te dieron la exonera...citando a silvia Hola a tod@s, Sólo paso para comentaros que me han aprobado una hipoteca después de pasar por este largo proceso. Así que sí, que se puede...
Realmente la respuesta que me dieron es que no te borran sino que dan orden de desindexar los datos para que no aparezcan en buscadores.
Yo lo hice a través de un formulario que aparece en la protección de datos en el siguiente enlace que no sé si dejan publicar
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Sino te metes en la pagina del BOE y abajo del todo en pequeñito te pone protección de datos. y desde allí te indica el enlace al formulario.
En mi caso, la exoneración fue en septiembre del 23 pero en el caso de mi pareja fue en mayo del 24.
Hasta julio él no dejó de aparecer en la CIRBE con lo que esperamos hasta el 21 de enero de este año (cirbe de diciembre) para que cumplieran los 6 meses sin aparecer en CIRBE. Y parece que así funciona.
Un saludo