Hola,
soy menor de 32 años y mi pareja también y estamos pensando en solicitar una hipoteca, por lo que tenemos entendido en el tema de los impuestos deberíamos pagar un 5% por ser menores y no ser una vivienda nueva, es real?
gracias
En nuestro caso tributamos en Catalunya, podrías informarme?
gracias
Hola de nuevo.
Por supuesto. El impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas (ITP) que se te aplicaría sería, como apuntabas en tu pregunta, del 5%. Eso sí, para beneficiarte de esta bonificación es imprescindible que ambos tengáis 32 años o menos (algo que cumplís) y que la base imponible total de cada uno en vuestra última declaración de la renta, restando el mínimo personal y familiar, no exceda los 30.000 euros. En este enlace encontrarás todas las bonificaciones que se dan en Catalunya sobre el ITP.
Un saludo.
Hola, yo soy de Santander y tengo 31 años. ¿Tengo derecho a alguna bonificación tributaria si me compro un piso?
Saludos.
Hola, Helper_1010764873.
No nos consta que en Cantabria se ofrezca la posibilidad de reducir los impuestos sobre la compra de la vivienda si se es joven. Ahora bien, si quieres asegurarte, puedes preguntarlo directamente a la administración de tu comunidad autónoma a través de las vías de contacto que encontrarás en su página web oficial.
Un saludo.
Pregunta similar: Me voy de España por un largo perido: ¿qué pasará con la hipoteca?
Buenos días,
Hace unos meses compre un piso entre mis hermanos y yo, por lo que decidimos hacer que dicha vivienda sea nuestra residencia habitual, por el cual nos beneficiamos del descuento del 5% que nos dan por ser menores de 35 años. Yo soy la que domicilié mi nomina ya que actualmente estoy trabajando. Pero hace un mes me salió la oportunidad de ir a estudiar al extranjero donde además podré trabajar, tengo un visado de estudiante de 6 meses, aunque mi intención es extenderlo por un tiempo mas, así que he decidido pedir una excedencia de un año en mi trabajo. Mi pregunta es, como afecta esto a mi préstamo hipotecario? ya que no habría ninguna nomina pero se seguiría pagando la hipoteca cada mes sin problema. A demás de eso como afecta en el tema de vivienda habitual si me voy fuera?.
Espero puedan ayudarme con esta información ya que en un mes tengo que viajar.
Hola, Mayra Bernal.
La hipoteca seguirá teniendo las mismas condiciones. Lo único que puede ocurrir es que su interés esté rebajado (bonificado) por la domiciliación de tu nómina. Por tanto, si tú te vas a otro país y dejas de tenerla domiciliada, el interés subirá. Puedes revisar la escritura de la hipoteca para saber si se aplica esa bonificación y cuánto subirá el interés si dejas de tener domiciliada la nómina.
En cuanto al descuento, entendemos que te refieres al descuento sobre el impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP) que algunas comunidades autónomas aplican a los jóvenes. Como no somos expertos en temas tributarios, te aconsejamos trasladar la duda a una gestoría o a la Agencia Tributaria de tu comunidad.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Pregunta similar: Venta vivienda habitual antes de tiempo
Buenas tardes, he estado leyendo el foro pero no me queda clara una cuestión, a ver si me pueden arrojar algo de luz. El año pasado compré la que iba a ser mi vivienda habitual pero por motivos personales la quiero vender o alquilar. Sé que el IRPF lo tendría que declarar pero no me queda claro que pasaría con el ITP, al estar calculado como vivienda habitual en Madrid, bonificación del 10% si no recuerdo mal, qué porcentaje o que impuestos tendría que pagar por vender antes de tiempo aparte del IRPF? Muchas gracias por su tiempo
Hola, Helper_912687992.
El requisito para acceder a esa bonificación, como comentas, es comprar una vivienda habitual. Y a efectos de Hacienda, vivienda habitual es aquella que declaras como tal durante un mínimo de tres años y que habitas efectivamente durante un mínimo de 12 meses. Por ello, sí es posible que tengas que devolver lo que te ahorraste en impuestos gracias a la bonificación (ese 10% de ITP), aunque no podemos asegurarlo porque no somos especialistas en temas tributarios. Nuestro consejo es que se lo consultes a una gestoría o directamente al Servicio de atención al contribuyente de la Comunidad de Madrid.
Un saludo.
Gracias por tu respuesta Miguel ☺️
Pregunta similar: Aplicarse el 5% de ITP antes de los 3 años.
Hola buenas tardes,
Tengo una consulta, hace un año y medio me compré yo solo un piso y se me aplico el 5% del ITP al ser menor de 32 años. Justo hace un par de meses se me presentó la oportunidad de comprar otro piso con mi pareja. He intentado vender el anterior pero tiene pinta que no se va a vender y estoy pensando mantener los dos. Realmente para poder comprarlo necesito que se me vuelva aplicar el 5% del ITP, pero como aún no he resisido los 3 años en mi anterior piso, necesito saber si me solicitaran este 5% de mi primer piso. Y en el caso afirmativo, cuando deberé abonarlo?Porque tengo la cantidad justa para comprar el nuevo piso aferrándome al 5%.
O puedo quedarme yo residiendo en mi piso y mi pareja en el nuevo sin que nos pongan problemas al haberlo firmado a nombre de los dos.
Muchas gracias y saludos,
Hola Miquel mi comunidad autónoma es Catalunya, resido en Terrassa (Barcelona)
Hola de nuevo.
Muchas gracias por responder. En primer lugar, queremos comentarte que si vas a usar esa nueva vivienda como residencia habitual (y declararla como tal), puedes aprovecharte de nuevo de la reducción del ITP para pagar solo un 5%, independientemente de si tienes otra vivienda o no.
Dicho esto, tu vivienda actual perderá su condición de habitual tanto si la vendes como si no. Por lo tanto, tendrás que devolver el 5% de reducción del que te beneficiaste en su momento, a no ser que te cambies de vivienda por la celebración de un matrimonio, por separación matrimonial, por traslado laboral, por obtención de primer empleo o cambio de empleo o por discapacidad tuya, de tu cónyuge o de un familiar conviviente.
En cuanto a los plazos, como no somos expertos en temas tributarios, desconocemos cuánto tiempo puede pasar entre la compraventa de la nueva vivienda y el pago de esa liquidación complementaria. Nuestro consejo es que se lo preguntes directamente a un notario (es gratis).
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Pregunta similar: Duda gastos hipoteca
Quiero comprar una vivienda a media con mi pareja, yo tengo 32 y el 37. Podemos acogernos al 3.5% de gastos en vez de al 7% por ser uno de los dos menor de 35?? O se basan en el de mayor edad??? Gracias
Hola, Helper_603395555.
En estos casos, el que cumple los requisitos suele ser el único que puede beneficiarse del ITP reducido. Es decir, que tú pagarás un 3,5%, calculado sobre la mitad del valor de la vivienda (el 50% que adquieres) y tu pareja pagará el 7%, calculado sobre la otra mitad.
De todos modos, te aconsejamos comprobarlo con una llamada a la agencia tributaria de tu comunidad autónoma.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Pregunta similar: Gastos hipoteca para jóvenes
Buenos días,tengo una pregunta, quiero comprar una vivienda que cuesta 82000€, los dos somos fijos, no tenemos préstamos i tenemos ahorros, unos 21.000€ que el 80% lo tenemos pero no tenemos suficiente dinero para los gastos, según tengo entendido son un 10% del precio d la vivienda, también tengo entendido que los menores de 35 pagan menos de impuesto, yo tengo 27 y mi pareja 35, así que no sé si nos serviría, me podrán conceder la hipoteca ?
Hola, Esther.
Es cierto que podéis pagar menos impuestos en ciertas comunidades autónomas si sois jóvenes. Podéis comprobar si ese descuento se aplica en tu comunidad en nuestra página sobre ayudas a jóvenes para comprar.
De todos modos, si os quedáis un poco cortos de ahorros, también podéis tratar de negociar con los bancos para que os financien un poco más del 80% de la compra. Así, necesitaréis menos dinero para la entrada de la vivienda y podréis usar lo que os sobre para pagar los gastos. En nuestra página sobre hipotecas a más del 80% explicamos las claves para conseguirlo.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Pregunta similar: Venta vivienda habitual antes de 3 años / ITP
Buenas,
Me compré un piso hace menos de 3 años y ahora tengo que venderlo puesto que estoy trabajando en otra provincia, tengo un contrato temporal pero estoy buscando trabajo en esta provincia porque hay más oferta laboral, con lo cual quiero vender mi piso ya que no voy a volver. Me acogí a la reducción del ITP por ser menor de 35 años. ¿Cuando se venda mi piso, tengo alguna penalización por esta reducción del ITP que no he cumplido?
Hola, Sandra.
En principio, esa bonificación se aplica únicamente si se compra una vivienda habitual. Y para que una vivienda sea considerada habitual debe ser la residencia del contribuyente durante un mínimo de tres años, según la Agencia Tributaria.
Ahora bien, según la misma Agencia Tributaria, se entenderá que la vivienda tuvo carácter de habitual si el propietario cambia de domicilio por la celebración de un matrimonio, por divorcio, por traslado laboral o por obtención de primer empleo, cambio de empleo o circunstancias análogas justificadas.
Es decir, que si vendes tu piso porque tienes que irte a otro por un cambio de empleo, es posible que no pierdas la bonificación. Nuestro consejo es que hables con el notario (puedes pedir cita gratuitamente) para que analice tu caso y te diga cómo podrías evitar perder la bonificación del ITP.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.