Extinción de condominio y novación de la hipotecaria

Extinción de condominio y novación de la hipotecaria

Extinción de condominio y novación de la hipotecaria

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M
Maite
/

Llevo bastantes meses tratando con CaixaBank este tema. Me enviaron una oferta por escrito antes de la implantación de la nueva ley hipotecaria. Esta oferta partía de un interés fijo de 2,90% con posibles bonificaciones:

- 0,40% por nómina domiciliada, 3 recibos pagados cada trimestre y 3 compras con tarjeta al trimestre.

El resto de bonificaciones son por contratar seguros.

Al cumplir el primer requisito el tipo de interés quedaba en 2,50%.

Los gastos de esta operación me los dieron en un documento llamado informe provisión de fondos es de 5.991€.

Me enviaron esta oferta por correo y me dieron hasta el 26/07/2019 para aceptar estas condiciones y les di mi consentimiento a través de un correo.

Como la firma ante notario se va a hacer después de la nueva ley hipotecaria y tienen que asumir ellos los gastos de esta operación hoy me acaban de confirmar que la oferta vinculante la tendré a principios de la semana que viene pero que en lugar de los tipo de interés anteriores ahora parto de 2,85% y por el tema de la nómina solo me bonifican el 20%, por lo tanto me quedaré en un tipo de interés de 2,65%.

He estado haciendo los cálculos y la diferencia en los intereses que acabaré pagando coincide con los gastos de la operación. Es decir, lo que han hecho es que acabe pagando yo esos gastos a través de los intereses.

Pero si la nueva ley se ha hecho para proteger a los ciudadanos y establece que sean los bancos los que asuman estos costes, lo que pretenden hacer en mi caso es ilegal, no?

No están obligados a hacer la oferta vinculante en base a las condiciones iniciales que me pasaron por correo si yo las he aceptado en plazo?

Muchas gracias por la ayuda!

2 respuestas
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HelpMyCash
#1

Hola, Maite. 

¿La primera oferta que te hizo el banco tenía carácter de oferta vinculante? Si es así, si la firmaste antes del 16 de junio de 2019, que fue la fecha de entrada en vigor de la nueva ley hipotecaria, el banco debería estar obligado a mantenerte esas condiciones. En caso contrario, la entidad sí puede cambiar las condiciones previamente propuestas, pues estas solo tienen carácter informativo. Y aunque puede ser poco ético, no es ilegal.

Más allá de eso, nos consta que CaixaBank suele mejorar las condiciones ofrecidas cuando se le presenta una oferta mejor de otro banco. Por ello, quizás puede ser buena idea pedir financiación a otra entidad. Así, si no quieres quedarte con CaixaBank, podrás irte con otro banco, mientras que si quieres darles otra oportunidad, puedes conseguir unas mejores condiciones. 

Si te interesa esa opción, te dejamos un enlace a nuestro ranking de hipotecas baratas para que veas qué ofrecen actualmente los bancos. 

Un saludo.

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#2
M
Maite
/

Hola,

La 1ª oferta no tenía carácter vinculante, ya que me la hicieron llegar por correo y con una fecha de validez. Me la enviaron el 12/06/2019 con fecha de validez hasta el 26/07/2019. Por lo tanto, según lo que me comentas no están obligados a mantener esas condiciones.

Muchas gracias por tu ayuda e intentaré ponerme en contacto con otros bancos

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