Cambio IRPH Cajas

Cambio IRPH Cajas

Responder
A
Anónimo
/

Buenos dias. Gracias a ustedes me he enterado de la proxima desaparicion del IRPH de Cajas (es impresentable que mi entidad no haya dado señales de vida). En cuanto llegue a casa mirare las escrituras para comprobar que ponen en un caso asi, pero lo que me gustaria preguntarles a ustedes que estan mas puestos en estos temas es si hay algun maximo en el que me puedan hacer el cambio si en las escrituras no pusiera nada o tendrian carta blanca para ponerme lo que quisieran. Ahora mismo tengo IRPH Cajas + 0.15 pagando ahora mismo 3.74%. La proxima revision me tocaria en Septiembre. El cambio al nuevo referente puede hacer que me pongan el % que ellos quieran 5-6-7% o hay alguna ley que les obligue a poner un diferencia que al sumar se queden en % iguales a los que tengo ahora (3,74%). Por que seria una pasada que ahora por su cara bonita me subieran la cuota porque el IRPH ya nos les gusta. Muchas gracias por atendernos

14 respuestas
Última respuesta
Respuestas
HelpMyCash
#1
Hola, Alisva.

Desgraciadamente, no sabemos nada más. Nos hemos puesto en contacto con el Banco de España y por lo que parece si las escrituras no especifican nada sobre el cambio será cosa de cliente y entidad negociar el nuevo tipo de interés. Pero, como es evidente, las dos partes no están en igualdad de condiciones para negociar, así que nos parecería un abuso que no hubiera límites al nuevo interés. Esperemos que todo salga bien. De momento, seguimos al tanto.

¡Un saludo!

¿Te hemos ayudado?

Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:
#2
A
Anónimo
/
Buenas tardes. Ante todo gracias por responder tan rápido. Al llegar a casa he mirado las escrituras y tengo IRPH de Cajas +0,15 e indica que este será el indice de referencia hasta que otro lo sustituya, momento en el que le sustituya este será el de referencia. Entiendo con esto que de IRPH Cajas +0,15 pasaría a IRS +0,15? O el diferencial pueden cambiarmelo? Que pensáis vosotros? Muchas gracias
A 2 personas les ha parecido útil
HelpMyCash
#3
¿No concreta el diferencial que marcará, si se mantendrá o si se tendrá que renegociar? ¿Qué es exactamente lo que dice el contrato?

Un saludo

¿Te hemos ayudado?

Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:
#4
A
Anónimo
/
Buenas noches. El otro dia con las prisas no lei bien todo el contrato y me falto por ver un anexo al que me referenciaba. El indice sustitutivo me pone que en primer lugar sera el IRPH Entidades y en segundo lugar si este tambien desapareciera se tomaria como referencia el indice indicado por el Banco de España. Pero en ningun momento hace referencia al diferencial ni a su renegociacion. Entiendo que en principio en Septiembre me aplicarian el IRPH Entidades +0,15 y viendo hoy como van los IRPH ese cambio casi no cambia nada porque estan casi parejos los 3 (Cajas, Bancos y Entidades). Si desaparecen los otros dos, legalmente como pueden calcular el de Entidades si es una media de dos sistemas de referencias que no existen?? Hay algun lugar (tipo Banco de España) en el que se pueda uno informar legalmente para que no nos engañen? Muchas gracias de nuevo por vuestras respuetas porque en mi caso sois la unica via por la que me ha llegado informacion al respecto ya que mi entidad UCI sigue en paradero desconocido.. :(
A 1 persona le ha parecido útil
HelpMyCash
#5
Sí, el IRPH seguirá calculándose. En realidad no lo vemos extraño, ya que a día de hoy apenas quedan cajas de ahorros. En cuanto a un lugar donde informarse... difícil, puesto que nosotros mismos lo hemos intentado con el Banco de España sin una respuesta claral. En todo caso, si tu contrato especifica que te aplicarán el IRPH entidades, no creemos que vaya a haber ningún problema. Te lo deberían cambiar manteniendo el diferencial, puesto que ambos son índices de referencia casi idénticos.

¡Un saludo!

¿Te hemos ayudado?

Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:
#6
P
paulafran1604
/
hola en mi caso tengo irph cajas + 0.25, y su sustituto es ceca y en caso de desaparicion de los dos el que le sustituya en boe entonces que pasará con mi hipoteca pueden cambiarel el diferencial, no entiendo nada gracias y yo tambien estoy con uci
A 5 personas les ha parecido útil
#7
C
cuky
/
buenas noches,me he enterado de lo del cambio de IRPH,me gustaria saber que pase lo que pase con el cambio,si tengo que pagar unas nuevas escrituras.Gracias.
HelpMyCash
#8
@cuky, estamos pendientes de ver cuál será el régimen de transición, que se debería publicar en breve, y que especificará las condiciones del cambio tanto en cuanto a diferencial como a quién corre con los gastos de novación. Os mantendremos informados.

¡Un saludo!

¿Te hemos ayudado?

Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:
#9
S
sandman
/
hola tengo IRPH CAJAS en la general de Granada alguien puede decirme si desapararece o no hasta cuando se aplica irph hasta la revision? que derechos tengo puedo cambiar de banco sin gastos? les agradeceria que me informaran
#10
A
Anónimo
/
Cambiar de banco sin gastos en el mercado actual es 99% imposible. Incluso cambiar de banco sin empeorar las condiciones de tu hipoteca es muy dificil. El irph cajas se seguirá publicando hasta abril 2013, despues te aplicaran un nuevo indice. Mira en tu contrato de hipoteca. En general está escrito cual será el indice sustitutivo.
A 2 personas les ha parecido útil
#11
F
frustrada
/
Hola Yo también tengo a UCI y en ningún momento me han dicho nada salvo que el sustituto es el IRPH Entidades y que el diferencial es el mismo. No debería estar esto por escrito? En la escritura solo indican en caso de que desapareciera el de cajas que pasa a ser ahora el irph entidades pero en ningún sitio dice que el diferencial sería el mismo. Pueden luego aplicarme lo que quieran? No estamos los ciudadanos protegidos contra esto?
A 1 persona le ha parecido útil
HelpMyCash
#12
Hola, Frustrada.

En tu contrato marca el sustituto del índide de refencia, es decir, el IRPH Entidades. No tiene por qué cambiar el diferencial. Realmente no vemos ninguna irregularidad en tu caso, todo parece bastante claro y, de hecho, no parece que vayas a salir perjudicada con el cambio, te quedarás más o menos como estás.

¡Un saludo!

¿Te hemos ayudado?

Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:
#13
J
jeanso
/
Buenas, pues yo tengo una hipoteca con Caja Granada, que me tienen que actualizar el interes en Mayo, y el tipo de interes esta basado en IRPH cajas + 0.25 y en mi escritura viene que en caso de no publicacion en el BOE del tipo de referencia antes citado, se tomará el último de los publicados por el mismo organismo de dicho referencial; en caso de desaparición se aplicará el tipo de referencia que lo sustituya oficialmente, y en caso de suspender su publicación por CECA. ¿Me puedes explicar exactamente, al final cual será el interes de referencia? Gracias, y es una lastima que los usuarios de banca estemos tan indefensos ante las malas praxis.
#14
S
Saturno
/
Yo tengo hipoteca de un irph + 0 y no tengo cláusula suelo. El director me ha comunicado que el banco de españa pasará a euribor las hipotecas referenciadas al irph. Al preguntarle sobre el diferencial quien lo establecería no ha sabido contestarme. Según el contrato establecido lo lógico sería que se aplicará el tipo de interés sin un diferencial, simplemente el cambio del tipo de interés. Por otro lado el director me ha comentado que no existirían ningún tipo de gastos por el cambio ya que al ser una orden del banco de españa se haría automáticamente. Mi pregunta para los expertos que nos ayudan en este estupendo foro es la siguiente: ¿sería legal que nos pudieran aplicar un diferencial cuando nos cambien a euribor o deberíamos mantener el mismo que en el contrato inicial?
Responder
Por favor, no escribas todo el texto en mayúsculas ni utilices palabras malsonantes. Ayúdanos a hacer del foro un espacio de intercambio agradable y útil para todos. Normas del foro

¡Hola! Hemos notado que tu publicación incluye una opinión o experiencia personal. Para mantener la integridad de nuestro foro, necesitamos que confirmes que:

  • Esta es tu opinión/experiencia 100% auténtica
  • Refleja tu interacción real con el servicio mencionado
  • No tienes ningún tipo de relación, directa o indirecta con la empresa o sus competidores
  • No has recibido ningún tipo de incentivo o pago por compartir tu opinión
¿Por qué es gratis?
Integridad editorial