Préstamo autopromotor - Condiciones fin de obra.
Préstamo autopromotor - Condiciones fin de obra.
ResponderBuenas,
Tengo un amigo que firmo un préstamo autopromotor para construir su vivienda, le concedieron 90.000 €. Según iba avanzando la obra, le iban entregando capital, pero siempre con una retención que se iba acumulando hasta fin de obra donde le entregarían todo.
La retención total al final asciende a un 10% de esos 90.000 €.
Bien, ya se ha firmado el fin de obra, la casa está acabada. Mi amigo esperaba ese 10% que aún no ha recibido para pagar facturas pendientes, y poder pagar toda la parte del registro de la propiedad, notario, escrituras y demás, su sorpresa llega cuando el banco le dice (Su asesor asignado en el banco), que no puede darle ese dinero si no está la casa inscrita en el registro con sus correspondientes escrituras.
¿Alguien sabe si esto es así por ley? En caso negativo, imagino que esta condición, en los escrituras del préstamo por el que firmo esos 90.000 € debería de venir especificado, ¿Verdad?
Por otro lado, el director del banco, le dice que tiene que revisar el asunto, que quizás como se firmó el fin de obra con 80.000 € que se entiendo que ya no necesitas 90.000 € y esos 10.000 € restantes ya no se los darían.
¿Es esto posible aun que tu hubieses firmado por 90.000 €?
Gracias de antemano, Saludos.
Hola, Isman.
Nos consta que hay bancos que establecen la liberación de las retenciones en el momento en el que se inscribe la vivienda construida en el Registro de la Propiedad. Eso sí, esta condición debería constar claramente en las escrituras del préstamo autopromotor.
Sobre la segunda cuestión, en la escritura también debería especificar si el banco puede no entregar todo el capital concedido si la obra tiene un coste menor del establecido al inicio. Si quieres, puedes pegar en este hilo la parte de la escritura en la que se establecen las condiciones de las disposiciones para que podamos aclararte este punto.
Un saludo.
Muchas gracias!! La verdad que esto nos despeja bastante las dudas. Vamos a revisar bien esas escrituras y si nos quedan dudas no dudare en pasar por aquí la pregunta con las escrituras adjuntas.
Gracias de nuevo, Saludos!