Me gustaría saber si en el contrato privado que te ofrece el banco para cambiar el tipo de interés es normal que aparezca una clausula en la que dicen que "el prestatario se compromete, a simple solicitud del banco, a comparecer ante fedatario público y elevar a escritura pública la novación de la Escritura conforme a las condiciones acordadas en el presente documento, así como de asumir todos los gastos derivados de la elevación a público de la novación".
Hola, lostempire.
Dado que el contrato privado es, por definición, una alternativa a la novación de hipoteca, es extraño que te añadan esa cláusula, que te obligaría a escriturar la modificación (y a correr con todos los gastos) si el banco te lo pidiera. Nuestro consejo es que pidas explicaciones al banco y, si es posible, que negocies la eliminación de esta cláusula para evitar problemas futuros.
Un saludo.