Documentos para vender un piso heredado - ¿qué necesito?
Documentos para vender un piso heredado - ¿qué necesito?
ResponderBuenos días. Mi madre y yo hemos recibido en herencia una casa y unos bienes en galicia del tio de mi madre que fallecio hace mes y medio. Queremos hacer los tramites de la herencia para al menos vender la casa, porque vivimos en valencia. Necesitamos una copia del testamento para poder hacer la escritura, pero quisiera saber cuanto nos puede cobrar el notario por darnos una copia del testamento, es muy caro esto?
Hola Yolanda,
Una vez que puedas liquidar la plusvalía municipal, el siguiente paso para vender el piso que has heredado sería inscribir la vivienda a tu nombre en el Registro de la Propiedad.
Para ello, te deberás dirigir al registro correspondiente y presentar una serie de documentos como, por ejemplo, la escritura de la herencia y la declaración de herederos ab intestato, en el caso que tu tía no haya dejado testamento.
Una vez que eres la propietaria registral de la vivienda, la podrás poner a la venta.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
gracias por responder a mi pregunta , una duda que tengo es que el catastro me envió una carta con la alteración catastral osea que pasa del nombre de mi tia al mio y en el ayuntamiento me dicen que a partir de un año los recibos del IBI ya vendrán a mi nombre ,tengo que hacer más tramites? me refiero al catastro.Mi tia si dejó testamento y los trámites los llevo la notaria .
Hola Yolanda,
Si ya has presentado el modelo de declaración catastral 901N y la Dirección General de Catastro te ha comunicado que el cambio de titularidad se hizo efectivo, ya no tendrías que hacer ningún otro trámite ante el Catastro.
No obstante, es recomendable que consultes directamente con el organismo acerca de tu caso en concreto, para que tengas certeza de que no existe otro procedimiento adicional que debas hacer para poder vender posteriormente el piso.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
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Hola. Buenos días. Mis primos, mi hermana y yo hemos heredado la casa y un dinero de uno de nuestros tíos que no dejó hijos, así que todo lo dejo repartido entre sus sobrinos en testamento. Tenemos pensado vender la casa porque somos 5 personas las herederas y por eso queremos hacer los trámites cuanto antes. Ya tenemos el certificado de las voluntades para ir a recoger el testamento pero me gustaria saber si tenemos que presentar algún otro documento para retirarlo en el notario y tambien me gustaria saber si esto nos va a costar algo. muchas gracias por su ayuda
Hola Cristina-vicente,
Para retirar la copia autorizada del testamento ante el notario que aparece reflejado en el certificado de últimas voluntades deberán presentar, además de este último documento, el certificado de defunción original de tu tío.
El coste de la copia autorizada va a depender del número de folios que tenga el testamento y de su antigüedad. Por ejemplo, uno otorgado en el año 2001, cuya copia se solicite durante este año 2019, puede salir en unos 30 euros aproximadamente.
Con la copia del testamento en mano pueden acudir a la notaría para hacer la escritura de la herencia. Posteriormente, una vez pagados los impuestos, podrán cambiar la titularidad de la vivienda en el Registro de la Propiedad y vender la casa heredada.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Lo caro no es el testamento... como son sobrinos lo caro son los impuestos y lo que te va a cobrar el albacea por hacerte todo el papeleo. y si les dejo dinero luchen con el banco para que les dejen pagar con las cuentas del fallecido... yo tarde meses en cobrar gracias a la **** de banco santander
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Muchas gracias por sus respuestas de antemano. Somos 8 herederos de un piso pequeño que hemos heredado. 1 de los herederos tiene el poder notarial general para firmar en nombre de otro heredero que vive en el extranjero. El resto de herederos vive en localidades distintas de España y la vivienda se encuentra en otra provincia distinta a la de cualquier heredero. Una inmobiliaria de esa provincia ha encontrado un comprador que ha hecho una oferta que le parece bien a todo el mundo y que lógicamente quiere firmar un contrato de arras. La inmobiliaria firmo un acuerdo por el que podía recibir arras.
Las preguntas son:
a) es posible como dice la inmobiliaria que los vendedores firmen ese contrato de arras unilateralmente cada uno de ellos y remitan esa copia via certificado o por email a la inmobiliaria, sin que tengan que hacer una reunión exprofesa para firmar un único documento todos por imposibilidad de agendas y distancias. Tiene validez legal?
b)Tendrían que firmar los vendedores cada uno ese documento por duplicado y así los compradores proceden a firmar cada uno de esos documentos y se quedan con su respectiva copia y la inmobiliaria devuelve otra firmada a cada heredero-vendedor?
c) se trata de un inmueble que esta registrado a nombre de cada heredero en su parte proporcional pero la inmobiliaria nos recalca que observa en la nota simple, que existe la siguiente anotación "De conformidad con el criterio establecido en la resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 11 de julio de 2013, en cuanto a la necesidad de ratificación por parte de todos los herederos, se advierte que no se ha acreditado la aceptación por el heredero, extremo que podía hacerse constar posteriormente en cualquier momento, y que estará implícito en cualquier acto voluntario que realice el titular,del derecho inscrito como tal" y nos comenta que si puede resultar algún problema para la venta. Querría preguntarles si eso es así y como solucionarlo. En conjunto con este piso se heredero un local que también figuraba en el cuaderno particional y se vendió en notaria sin mediación de agencia inmobiliaria y no tuvimos ningún problema ni reseña por parte del notario
muchas gracias por su ayuda de nuevo
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Mi madre y sus dos hermanas, han heredado piso sujeto al art 28. Tienen comprador. Pero hasta el día 17 de septiembre del 2021, no cumplen los dos años. En el contrato de precompra, se ha estipulado que si el arreglo de la fachada sale antes de la fecha del 17 de septiembre del 2021, la compradora se verá obligada a hacer las escrituras. Esto es real ? Muchas gracias.
Hola, Ana Iriarte
Entiendo que tu duda es si puedes firmar la escritura de la venta de la casa heredada antes de que se cumplan los dos años estipulados por el artículo 28. Esto no es posible si tu compradora necesita una hipoteca, ya que ninguna entidad bancaria le otorgará el préstamo si no se cumple con esta condición.
En este sentido, si este es el caso, debes esperar a que se cumplan los dos años. Si los arreglos de la fachada de la finca se realizan antes de la firma de la escritura, la parte vendedora deberá asumir las derramas correspondientes hasta esa fecha y la parte compradora a partir de la firma de la compraventa. No obstante, pueden llegar a un pacto en el que se establezca lo contrario.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
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Hola. Mis hermanos y yo hemos heredado la casa de mi madre que está registrada a su nombre. Al hacer la escritura de aceptación de herencia se describen los datos de la casa, referencia catastral y demás. La idea no es venderla por el momento. Es conveniente registrarla en el Registro de la Propiedad? No vale con la escritura a su nombre y la aceptación de herencia a nombre de los herederos, para una futura venta? Los bancos exigen en todo caso que esté escriturada a nombre del vendedor para conceder créditos hipotecarios?
Muchas gracias
Hola, Mariaf
La inscripción en el Registro de la Propiedad no es obligatoria, pero sí muy recomendable. Aunque, si no tienen pensado vender la vivienda heredada, no es necesario que lo hagan de momento.
Esto será necesario si deciden, en tal caso, vender la propiedad, ya que es muy poco probable que una entidad bancaria le conceda la hipoteca a un comprador para adquirir una vivienda que no está registrada.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Pregunta similar: Venta piso heredado con testamento requisitos
Hola, buenos días
Mi nombre es María y he heredado un piso junto a mis dos hermanos de un tío en Zaragoza que no ha dejado hijos ni más familiares somos los únicos porque solo el solo tenia una única hermana que era mi madre. Mi tio falleció hace un mes y nos ha dejado todo repartido en un testamento el dinero y dos viviendas, una en Zaragoza y la otra en Huesca que es donde vivimos todos. La de Zaragoza como no vivimos allí la queremos vender y repartirnos el dinero pero aún no hemos buscado el testamento.
Me gustaría saber que necesitamos para retirar el testamento del notario, cuanto nos puede costar y si tarda mucho. Son muchas preguntas pero espero me podáis responder porque no tenemos mucha idea. Muchas gracias.
María L.O
Hola, María Luisa
Si vas a iniciar el proceso para aceptar y vender un piso heredado con testamento, debes solicitar en primer lugar el certificado de últimas voluntades en la gerencia territorial del Ministerio de Justicia de Zaragoza. Este documento te indicará en qué notario tu tío dejó el testamento.
Luego, te debes dirigir al notario indicado para retirar la copia autorizada del testamento. Para ello, solo tendrás que presentar el certificado de defunción y el mencionado certificado de últimas voluntades.
El tiempo que tarda este trámite depende de la notaría, pero no suele tardar más de una semana. En cuanto al precio, es variable, ya que depende de la extensión del testamento y de su antigüedad, pero no suele ser un documento costoso. Por ejemplo, por uno otorgado en el 2001, que tiene una extensión de tres folios, te pueden cobrar unos 30 euros aproximadamente.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
No te preocupes retirar el testamento es bastante económico yo pague 28 € por uno que se hizo en el 2017. lo que cuesta más la declaracion ab intestato yo pague 340 €
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Me gustaria saber que tengo que llevar al registro de la propiedad para inscribir una casa heredada que se quiere vender. Ya tenemos la escritura de la herencia y el acta de herederos intestada y pagamos los impuestos.. que otros documentos nos pueden pedir?
Hola, Carla
Para inscribir la vivienda heredada que quieres vender en el Registro de la Propiedad necesitarás aportar, de manera general, el certificado de defunción y una copia del DNI del fallecido, el certificado de últimas voluntades, la escritura de la herencia, el acta de declaración de herederos ab intestato y los recibos de haber pagado los impuestos (sucesiones y plusvalía municipal). El Registro tendrá un plazo máximo de 15 días para inscribir la nueva titularidad o para notificar si algún tipo de problema con la inscripción.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
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Hola
Me gustaria saber cuanto en promedio puede costar el acta de declaración de herederos ab intestato y la escritura para heredar una piso en barcelona
gracias
Hola, Annita78
El coste del acta de declaración de herederos que necesitas para aceptar un piso heredado vendrá determinado por el número de herederos y el valor de la masa hereditaria recibida. No obstante, de manera general, puede tener un coste de unos 300 euros.
La escritura de partición de la herencia, por su parte, depende de si lo haces por tu cuenta o con un abogado. Por ejemplo, por una herencia de un piso valorado en 300.000 euros, recibido entre tres herederos puedes pagar alrededor de los 500 euros. Aunque, ten en cuenta que si la intención es luego vender el piso heredado, tendrás que sumarle el coste de elevar a público ante notario la escritura para que puedas inscribir la nueva titularidad en el Registro de la Propiedad.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!