Sobre cobro tasa Registrador de la Propiedad
Sobre cobro tasa Registrador de la Propiedad
ResponderHe cancelado en el Registro de la Propiedad 2 hipotecas, sobre la misma finca.
El préstamo primero me lo concedió una entidad bancarias que se ha fusionado en tres ocasiones.
La entidad del segundo préstamo se ha fusionado 2 veces.
El registrador me cobra del primer préstamo dos tasas, de 54 € cada una, dice la factura según Articulo 611 y otra tasa mas de 20 € por cambio de nombre,
Del segundo préstamo me cobra una tasa, según el Articulo 611 , de 58 €.
Es legal el cobro de estas tasas, por fusiones bancarias, de las que soy ajeno a ellas.
Muchas gracias
Hola, Rafael Contreras.
Tras investigar sobre tu caso, hemos encontrado un fragmento del Art. 8 de Régimen Fiscal, Disposición adicional segunda, de la Ley sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero. Creemos que es importante y compartimos contigo el texto literal:
"En los supuestos que requieran la previa inscripción de traspasos de activos financieros o inmobiliarios como consecuencia de operaciones de saneamiento y reestructuración de entidades financieras, todas las transmisiones realizadas se practicarán necesariamente en un solo asiento, y solo se devengarán los honorarios correspondientes a la última operación inscrita, conforme al número 2.1 del arancel de los registradores, o en su caso, el número 2.2, si se trata de préstamos o créditos hipotecarios, sobre la base del capital inscrito en el Registro."
En definitiva, creemos que solo debes pagar una sola tasa y las múltiples que nos has detallado. Puedes presentar una reclamación en el mismo Registro.
¡Un saludo!
Muchas gracias Julio por tu respuesta.
Me resulta de gran utilidad para formular la correspondiente reclamacion.