IBI por vender un piso - impuestos vender piso
IBI por vender un piso - impuestos vender piso
ResponderHola. Estoy a punto de vender mi casa, me toca pagar a mi el ibi del 2019 o le toca al comprador?
Hola,
El IBI o impuesto sobre bienes inmuebles es uno de los gastos que debes asumir por vender tu piso, ya que la Administración establece que la persona que sea propietaria para el día 1 de enero es la responsable de abonar el IBI de ese año en curso.
Sin embargo, en caso de ausencia de pacto entre vendedor y comprador, el Tribunal Supremo ha dictaminado que el vendedor tiene derecho de repercutir sobre el comprador, la proporción del impuesto que corresponde a los meses en que el piso ha pasado a ser de su propiedad. De esta forma, cada parte paga la parte del tiempo en que haya disfrutado de la titularidad del piso.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Pregunta similar: Acuerdo pagar IBI a medias para vender un piso
Hola. Voy a vender mi piso en Vigo a una pareja y cuando llegamos al acuerdo de que les vendería el piso quedamos que el ibi lo pagaremos a medias, ya que estamos casi a mediados de año y no me parece justo que lo pague yo todo ni tampoco ellos que no han vivido en el piso estos meses. He investigado y esto es legal hacerlo.
La cuestión es que me han dejado colar hace un par de días que me debería corresponder pagarlo a mi según ley. No quiero tener problemas en el futuro con esto. Como hago para asegurarme que no se nieguen luego a pagar su parte?
Hola Esteban,
Sí, es totalmente legal repartir entre comprador y vendedor este gasto que es necesario pagar para vender el piso.
Si bien la responsabilidad del pago de este impuesto recae sobre ti, al ser el propietario para el día 1 de enero del año fiscal en curso, por sentencia del Tribunal Supremo, se puede repercutir sobre el comprador la parte proporcional de los días del año que resten, desde el momento que se produce la venta.
Para evitar problemas futuros, lo recomendable es aclarar el tema con los compradores e incluir el pacto del reparto de gastos en el contrato de arras y posteriormente en la escritura pública.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Pregunta similar: Pago del IBI en la venta de un piso
Hola. He encontrado comprador para vender mi piso en Madrid y esperamos formalizar la venta a finales de mes. Si vendo en la fecha estimada aún no habré pagado el ibi, porque aquí el recibo no lo pasan hasta finales de octubre- noviembre. Es decir, que el ibi me lo cargaran a mi pero ya yo no seré el dueño del piso. Me pueden orientar que hacer en este caso. Muchas gracias
Hola Antoñete,
Según lo establecido por la legislación, a la hora de vender un piso, el gasto del IBI debe asumirlo la persona que es dueña del inmueble para el día 1 de enero. Sin embargo, en la práctica, esto se suele pactar entre las dos partes.
Generalmente, el gasto se reparte. De esta forma, a cada uno le tocaría pagar solo por el tiempo que ha disfrutado de la tenencia de la casa.
Es decir, que en el momento del devengo del impuesto, a ti te tocaría pagar la proporción correspondiente a nueve meses (en el caso de cerrar la operación a finales de septiembre) y a tu comprador la parte proporcional de los meses que resten del año.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Hola, en mi caso que estoy de alquiler y para el mes que viene compro la vivienda, quién pagaría el IBI? Porque llevo viviendo un año en la casa pero hasta el mes de mayo no será de mi propiedad
Gracias
Hola JP_Torres,
La ley establece que el IBI lo asume quien es propietario de la vivienda para el día 1 de enero del año en curso. No obstante, la legislación admite el pacto entre las partes, por lo que es habitual que este gasto para vender un piso se reparta entre comprador y vendedor de acuerdo al tiempo en que cada uno ha tenido la propiedad de la vivienda.
En este sentido, al vendedor le tocaría pagar el IBI hasta el mes de mayo y, partir de la firma de la compraventa, tendrías que asumir tu el coste del impuesto, ya que has pasado a tener la titularidad de la casa.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Pregunta similar: Quién paga el IBI!?
Hola ... en diciembre voy a recibir una chalet de obra nueva por parte una promotora( no hay fecha exacta ) ! Si lo recibo en diciembre tengo que pagar el IBI !? Que pasa con los tiempos se aplaza y lo compro en enero , también tengo que pagar yo el Ibi o la promotora !? Y si la promotora me lo quiere entregar en diciembre y por motivos bancarios ( negociar hipoteca ) acabo gestionando todo para el mes de enero .. yo tengo que pagar !? Sería mi culpa !? Gracias nuevamente !
Hola, Jamil
La ley establece que quien es el propietario para el día 1 de enero es el que debe hacerse cargo del IBI. No obstante, la legislación prioriza la libertad de pacto, por lo que, en la práctica, el IBI se suele repartir entre vendedor y comprador de acuerdo al tiempo en cada uno ha tenido la propiedad del inmueble.
Por esto, si para el día 1 de enero aún no has firmado la compraventa, el ayuntamiento le girará a la promotora el cobro, pero es probable que esta te pida, en el momento de cerrar la venta en notaría, un adelanto de la cantidad proporcional del IBI que te toca. Es decir, la correspondiente al resto del año (desde el día de la firma eres el dueño de la casa y a partir de aquí eres responsable del IBI).
No obstante, ten en cuenta que, si se trata de una vivienda de obra nueva, generalmente, la obligación de pagar el IBI se genera en el año siguiente a la fecha de la finalización de las obras (la que indica el certificado final de obras). Aunque, esto puede variar según la Comunidad Autónoma.
En este sentido, dependiendo de la fecha en que la promotora finalizó las obras, es probable que el IBI se tenga que pagar en el 2021 o en el 2022.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!