Extincion de condominio, precio y declaración de la renta

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Extincion de condominio, precio y declaración de la renta

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Rosa Capilla
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Hola tengo una hipoteca a media con mi ex pareja con capital pendiente de 81.405€ mi idea es quitarme yo del préstamo hipotecario y de las escrituras, me han dicho que eso se hace haciendo una extincion de condominio, quisiera saber que precio tendría hacerlo y se a mi me perjudicaría en la declaración d la renta del año siguiente??? Gracias un saludo

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HelpMyCash
#1

Hola, Rosa Capilla.

En primer lugar, al hacer una extinción de condominio tendrás que recibir una contraprestación económica en base al valor actual de la vivienda. Además, al haber una hipoteca todavía pendiente, tu ex pareja debe pagarte la diferencia de la resta de la mitad cedida del valor de la vivienda y la mitad del préstamo hipotecario vigente.

Sin embargo, podría darse un acuerdo en el cual se produjera un exceso de adjudicación: si recibes más o menos cantidad de la que te correspondería en un principio. En tal caso, tendrías que declarar la ganancia o pérdida de patrimonio en la declaración de la renta y abonar la parte correspondiente en IRPF en el próximo ejercicio. 

Además, el proceso una extinción de condominio conlleva una serie de gastos que te detallamos a continuación:

  • Tasación de la vivienda para determinar cuánto hay que pagar a quien cede su parte y si pudiera existir un exceso de adjudicación. No es obligatorio, pero lo recomendamos. 
  • Gastos de notaría
  • Gastos de gestoría
  • Los aranceles del Registro de la Propiedad (al haber una nueva escritura, esta se debe inscribir en el registro.
  • El IAJD, que se aplica sobre la parte vendida.

Por otro lado, el cambio de titularidad de la hipoteca conlleva una novación. Es decir, tendrías que revisar el contrato, porque el banco podría aplicar una comisión, que suele oscilar entre el 0,1% y el 1%. Además, también tendrías que asumir los gastos: 

  • Aranceles notariales: entre el 0,2% y el 0,5% del capital pendiente de la hipoteca.
  • La mitad de la notaría (entre el 0,2% y el 0,5%)
  • Registro de la Propiedad, cuyo coste aproximado es de 250 euros. 
  • Honorarios de la gestoría, con un gasto estimado de 250 euros. 

¡Un saludo!

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#2
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Rosa Capilla
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Gracias Julio por tu aclaración. Pero hay un problema el piso lo paga mi ex pareja hace ya 8 años el solo, lo decidimos así porque cuando nos separamos yo estaba en el paro y no podía hacer frente a la mitad de la hipoteca, por lo cual no voy a pedirle ninguna compensación económica. Mi único interés es quitarme del medio, por eso la pregunta de si me perjudicaría a la hora de hacer la declaración?? además estoy dispuesta ha pagar yo los gastos que conlleva la extinción de condominio por eso quería información de más o mens lo que me podría costar, entiendo que eso es un gasto que debería asumir mi ex pareja pero como se que no puede asumirlo y yo lo único que quiero es quitarme pues no me importa. Me perjudica entonces en algo???

HelpMyCash
#3

Hola, Rosa Capilla.

En este caso, tendrías un exceso de adjudicación, ya que la mitad de la hipoteca que te corresponde por ceder tu parte sería superior tu parte del valor de la vivienda. Por lo tanto, tendrías que declarar la ganancia patrimonial y pagar la parte correspondiente en IRPF en la próxima declaración.

¡Un saludo!

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