En la novación, es cierto que se paga sobre el total o solo por el añadido
En la novación, es cierto que se paga sobre el total o solo por el añadido
ResponderHola buenas tardes. Actualmente me encuentro en trámites para realizar una novacion de mi hipoteca con ing, ampliando el capital pendiente y añadiendo a otra persona en esa hipoteca. La consulta es sobre el impuesto ha pagar por esa misma novacion. Tengo entendido y leído que debería de pagar el 1,5% (ya que es en Andalucía) del capital añadido y no del total. Aunque el banco me dice que se paga ese porcentaje por el total que se pide. Mi consulta es si es cierto que se paga sobre el total o solo por el añadido. Gracias de antemano y un saludo.
Hola, Helper_705508473.
El IAJD de una novación se aplica sobre la responsabilidad hipotecaria del capital añadido, no del total del préstamo hipotecario, puesto que ya se pagó en el momento de constituir la hipoteca. De hecho, si no hay ampliación de capital no se paga IAJD por esta operación.
Un saludo y gracias por utilizar el comparador de hipotecas de HelpMyCash.com.
Muchas gracia por molestarse en responder. Entonces el banco está equivocado, los únicos gastos que tendría en ese tipo de novacion sería el impuesto sobre el valor añadido(siendo el 1,5% del valor añadido), gestoria, notaría y la nueva tasación entiendo. Muchas gracias de antemano
Hola, Helper_705508473.
En principio sí, de todos modos, dado que no somos expertos en materia tributaria, si el banco sigue insistiendo en que se aplica sobre todo puedes consultar en una oficina de la Agencia Tributaria, por si hubiera alguna excepción al respecto.
En cuanto a los gastos por novación, deberás pagar la notaría, la gestoría y el registro, además de la comisión por novación, en caso de que la tengas en tu contrato. Además, al ampliar el capital también deberás pagar la tasación y el IAJD que no se aplica solo sobre la cantidad añadida, sino sobre la responsabilidad hipotecaria de dicha cantidad (resumiendo, es un cálculo en el que se incluye el capital prestado, los intereses ordinarios y de demora y las costas y gastos de ejecución).
Un saludo.