Hipoteca VPO y parado de larga duración

Hipoteca VPO y parado de larga duración

Hipoteca VPO y parado de larga duración

Responder
P
pepedream
/

Hola. En primer lugar, darles las gracias por permitirnos tener un lugar donde poder "llorar nuestras penas", ya que a veces es imposible encontrar en internet la información correcta de lo que buscamos, o si se encuentra, puede ser obsoleta, falsa o incomprensible. Incomprensibles es lo que me han parecido algunos párrafos del Manual de Buenas Prácticas (de los bancos) en lo referente al pago de hipotecas por personas que no pueden hacerlo debido a su situación económica, que es en la situación que me encuentro ahora mismo. He estado hablando un par de ocasiones con mi banco (antes Caja de Ahorros, cuando se firmó la hipoteca) para indicarles la situación por la que estamos atravesando mi familia y nuestra intención de hacer frente al pago de la hipoteca, pero que últimamente se está complicando más de lo debido. Percibo el 50% de la ayuda familiar (215€) y mi señora tiene un salario que ni llega a mileurista en tan sólo 12 pagas. No consigo encontrar información correcta sobre lo que puedo hacer o tendría derecho a pedir, puesto que unos por otros "la casa sin barrer" A esto hay que añadirle que la vivienda es de VPO y el banco me dice que al ser de este tipo es más complicado dar una solución que si fuera una hipoteca normal concedida por el banco. De hecho, me indican que no se puede contemplar el pedir una CARENCIA puesto que esta figura no es válida para este tipo de hipotecas, etc, etc. He leído mi hipoteca y aunque no la entiendo del todo, creo que en algún punto sí que se refleja el poder realizar ésta acción. Y aunque así fuera, creo que también el banco puede o no admitirla. Por otro lado, tampoco se si por ser parado de larga duración, podría tener algún tipo de ayuda o mejora en las condiciones de pagos. En fin, son varias cosas que no encuentro la solución si es que la hubiera, y es por lo que me pongo en contacto con ustedes con la esperanza de poder encontrarlas. Muchas gracias por adelantado y un saludo. Gracias.

1 respuesta
Respuestas
HelpMyCash
#1

Hola, pepedream.

Sentimos la situación por la que estáis pasando y, aunque en el Código de Buenas Prácticas no indica nada sobre el tipo de vivienda que puede o no acogerse a él, lo cierto es que las VPO tienen ciertas particularidades que además pueden depender de la administración que las gestione.

Por este motivo, te recomendamos que acudas a la administración competente o a alguna asociación de usuarios o a la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) de tu zona para que te informen si, dadas las características de tu vivienda y tu situación particular, podríais acogeros a este Código. Además, en la administración correspondiente también podrán informarte sobre las ayudas que pueda haber disponibles para personas en tu situación.

Por otra parte, en cuanto a la carencia de hipoteca, tampoco debería haber problema porque fuera una VPO (pero consúltalo en esos organismos, ya que no son nuestra especialidad y no querríamos darte una información que no fuera cierta), el tema es que si el banco no quiere dártela tampoco está obligado a ello, ya que es algo que se debe negociar entre las partes.

Eso sí, te recomendamos que empieces a moverte cuanto antes, ya que si caes en impagos el banco podría iniciar el proceso de ejecución hipotecaria y quedarse con la vivienda.

Un saludo.

¿Te hemos ayudado?

Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:
Responder
Por favor, no escribas todo el texto en mayúsculas ni utilices palabras malsonantes. Ayúdanos a hacer del foro un espacio de intercambio agradable y útil para todos. Normas del foro

¡Hola! Hemos notado que tu publicación incluye una opinión o experiencia personal. Para mantener la integridad de nuestro foro, necesitamos que confirmes que:

  • Esta es tu opinión/experiencia 100% auténtica
  • Refleja tu interacción real con el servicio mencionado
  • No tienes ningún tipo de relación, directa o indirecta con la empresa o sus competidores
  • No has recibido ningún tipo de incentivo o pago por compartir tu opinión
¿Por qué es gratis?
Integridad editorial