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Esta es la regulación vigente, según la página web del Fondo de Garantía de Depósitos:
"El importe dinerario garantizado tiene como límite 100.000 euros por depositante en cada entidad de crédito.
La garantía se aplicará por depositante, sea persona física o jurídica y cualesquiera que sean el número y clase de depósitos garantizados en que figure como titular en la misma entidad. Dicho límite se aplicará también a los depositantes titulares de depósitos por importes superiores al máximo garantizado.
Cuando una cuenta tenga más de un titular, su importe se dividirá entre todos los titulares, de acuerdo con lo previsto en el contrato de Depósito y, en su defecto, a partes iguales. Cada titular tiene garantizado hasta el límite máximo anteriormente descrito."
Por tanto, se garantizan hasta 100.000 euros por cada titular, aunque estén en la misma cuenta.
¡Un saludo!