Se prescribe el embargo de una cuenta bancaria?
Se prescribe el embargo de una cuenta bancaria?
ResponderHola buenas tardes , en el año 2009 alquein me ha echo una cuenta bancaria con dinero ( donacion).Despues de unos meses en 2010 ma ha llegado una carta de Agentia Tributaria que tengo que pagar un impuesto muy elevado. ( única).cuando fue al banco para sacar el dinero que quedaba 500€ pues me ha salido que la cuenta esta embargada por juez y ya no pudo sacar el dinero porque me lo han cogido. De entonces ya no he recibido mas cartas porque me cambio de vivienda y tampoco he tenido cuentas bancarias.Mi pregunta es si este embargo prescribe ?puedo abrir una cuenta bancaria or si lo abro me van a cojer el dinero otra vez ? Tengo que emplear un abogado ( no tengo bienes en mi nombre) muchas gracias
Hola, Lovestory:
Según lo que comentas, el embargo ha sido decretado por un juez, entonces, debemos entender que ha sido acordado dentro de un proceso de ejecución judicial y, por tanto, se aplica el artículo 239 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Este apartado excluye expresamente la caducidad de la instancia en la ejecución, de modo que las actuaciones ejecutivas podrán proseguir hasta que se obtenga el cumplimiento de lo juzgado.
Esto implica que podrá mantenerse el embargo de la cuenta hasta que se alcancen con las retenciones las cantidades perseguidas en la ejecución.
En cuanto a qué pasara si abres otra cuenta, debes tener en cuenta que ahora los embargos de cuentas por los juzgados se realizan telemáticamente a través de lo que se llama punto neutro judicial, de tal modo que se extiende a todas las cuentas y entidades que están recogidos en ese sistema de embargos telemáticos.
Si abres una cuenta, es posible que te retengan los saldos que deposites. Por eso, nuestra recomendación siempre es que abones el impago en cuanto puedas, ya que antes o después tendrás la necesidad de disponer de una cuenta corriente para cualquier operación diaria: sacar dinero, domciiliar la nómina, los recibos, hacer transferencias, pagar con tarjeta, etc.
Ten en cuenta que si los ingresos de la cuenta pertenecen a la nómina y es tu único sustento, nunca podrán embargarte todo el sueldo, solamente a partir del Salario Mínimo Internacional, que en 2017 es de 707,60 euros. Puedes consultar toda la información en este artítulo sobre embargos de cuenta.
Esperamos haberte ayudado, un saludo.
Hola buenas tardes me gustaria saber si yo tengo la nomina de 900€ y y me pagan cada dos semanas 450€ me puede embargar algo? ( tienes mi historia arriba) muchas gracias
Hola, Lovestory:
Te podrán embargar la cifra que supere el Salario Mínimo Interprofesional (actualmente 707,60 euros al mes).
Aunque no de forma directa, si no teniendo en cuenta los porcentajes que especifica la Ley de Enjuiciamiento Civil, que aquí se explican y que son los siguientes:
- El primer tramo, correspondiente al salario mínimo (950 euros) es inembargable.
- El segundo tramo, que iría de los 900 euros a los 1.900 euros, se puede embargar un 30%
- El tercer tramo (de 1.900 euros a 2.850 euros) es embargable el 50%
- El cuarto tramo, de 2.850 euros a 3.800 euros, es embargable el 60%
- El quinto tramo, de 3.800 euros a 4.750 euros, es embargable el 75%
- A partir del sexto, desde los 4.750 euros en adelante, es embargable el 90%
Teniendo en cuenta tu sueldo y estos datos se te aplicaría el segundo tramo.
Un saludo.
Muchas gracias, un abrazo muy util !!!
No me ah embargado la nómina y sin embargo me ah echo un embargo telepático y me ah dejado la cartilla a cero números rojo se puede hacer
Hola, Ramon:
Lo mejor es que saldes la deuda cuanto antes posible. En caso contrario, te seguirán embargando todos los ingresos que vayas obteniendo. Ten en cuenta que, como máximo, te pueden embargar la cantidad correspondiente al Salario Mínimo Interprofesional, que en 2018 está en los 735,90 euros.
Un saludo.
Hola ya me enbargan la parte proporcional de embargo en la nomina pero tengo un embargo judical si me ingtesan en cuenta me lo quitarian
Hola, morais:
En ese caso, va a depender del tipo de embargo que te apliquen. En esta página puedes consultar más información sobre embargos.
Un saludo.
Hola : Tengo un plan de pensiones , le ido a rescatar ahora y me an dicho
que tengo un embargo judicial del 2008 , Podria rescatarle ? esta caducado a fecha de hoy ? ....Gracias
Hola Buenas Tardes, queria preguntar por un embargo de una cuenta bancaria, ni me acuerdo bien del caso pero hace como 15 años me embargaron y bloquearon una cuenta que yo ya tenia cerrada, de esto me entere por casualidad al ir al banco a preguntar otra cosa, desde entonces yo he tenido cuentas bancarias como las tengo actualmente y no me han vuelto a reclamar nada del embargo, queria saber porque no me han vuelto a reclamar el embargo, y si lo pueden hacer todavia ?, gracias, saludos
Buenas tardes una pregunta resulta hace años que pedí un préstamo al Caja Canarias y mi madre era el avalista resuelta que mi hermana le trasferio el dinero de una beca a la cuenta de ella y lo tiene en número rojo le quitaron 1.400 euros se puede hacer algo ya que nunca han reclamado el dinero y no habido juicio, le pueden quitar todo el dinero de la cuenta muchas gracias
Hola, Karen:
Si en el momento de la transferencia la cuenta bancaria se encontraba en números rojos, entonces ese importe se ha usado para saldar parte de la deuda. Cuando una cuenta bancaria se encuentra en descubierto, todo importe ingresado será empleado para saldar la deuda. Por lo tanto, si en el momento de la transferencia la cuenta ya se encontraba en números rojos y el importe transferido era igual o inferior a la deuda, es legal que el banco utilice ese dinero para cubrir el descubierto.
Para saber si el banco ha cobrado más de lo debido, deberías averiguar la cantidad exacta del descubierto, pues si, por ejemplo, el descubierto era de 1.400 euros y se transfieren 2.000 euros a la cuenta, 1.400 de esos 2.000 se usarán para suplir la deuda.
Saludos.
Buenos días
Buenos días Esta mañana al consultar mi cuenta me sorprendió ver que se me ha embargado la prestación por hijo a cargo que recibí hace unos días. Como es posible que se lleven la prestación de un menor? Que puedo hacer para recuperarlo?
Hola, Faty:
Por lo que describes, parece que se trata de un embargo de cuenta. Si te han embargado la cuenta, cualquier ingreso, independientemente de su origen, será embargado con el fin de saldar la deuda. No obstante, si en esa cuenta percibimos nuestro salario o pensión, podemos solicitar un embargo de nómina para que tan solo nos retengan la parte proporcional de nuestra fuente de ingresos y así disponer de, como mínimo, la cantidad fijada como SMI actual (950 euros).
Lo aconsejable sería averiguar la fuente del embargo. Estas acciones se aprueban por resolución judicial, de modo que debería llegarte un comunicado con tu número de expediente para que puedas consultar toda la información de ese proceso y así reclamar.
Si esa prestación es tu fuente principal de ingresos, podrán aplicarte el embargo de nómina sobre esta para que puedas disponer de la parte proporcional o su totalidad si esta es inferior a 950€, en cuyo caso será inembargable. No obstante, si esa no es tu fuente principal de ingresos, esta cantidad sería embargada porque solo se podría aplicar esta medida sobre la nómina o pensión que se declare como sustento principal. El resto de ingresos serán embargados hasta saldar la deuda.
Puedes consultar más información al respecto de los embargos de cuenta y nómina en esta página.
Saludos
Gracias por la información. Yo recibí 800eurs de prestaciones familiares y me embargaron toda la cantidad. Actualmente yo y mi pareja no tenemos ningún otro ingreso. Tenia un pequeño negocio que tuve que cerrar y tengo deudas con hacienda y la seguridad social. Que puedo hacer para recuperar mi dinero sabiendo que nuestra situación financiera es crítica?
Hola, Faty:
Si esa es vuestra única fuente de ingresos, entonces puedes presentar el recurso del embargo de nómina. Como te comentaba, el embargo de nómina es un recurso que puede solicitar la persona afectada mediante el cual se aplicará sobre los ingresos principales (en este caso la prestación) una escala proporcional que tiene como base el SMI. Es decir, si una persona percibe 1.000 euros de ingresos, de esos 1.000 950 serán inembargables. En caso de que la fuente de ingresos sea menor, como los 800 euros que mencionas, estos no se podrían embargar (pero si otros ingresos que no sean la prestación, como una transferencia)
Para poder presentar este recurso, deberás conocer tu número de expediente en cuanto al embargo. El banco debería notificarte al respecto y, con esos datos, entonces podrías presentar el recurso del embargo de nómina a través de los canales judiciales pertinentes.
Como este tema se vincula más dentro del marco legal que financiero, a la hora de reclamar sería aconsejable buscar asesoramiento de expertos en la materia que puedan aconsejarte mejor.
Saludos