Hola, el banco Santander ha ofrecido a mis suegros este seguro. Al parecer si no lo rescatas ( en dos años mínimo) todo son ventajas, buena fiscalidad e intereses superiores a los ofrecidos por cualquier depósito. El problema viene cuando se quiere rescatar, siempre dentro de al menos dos años: hacienda te pega el palo y además el rescate del importe SIEMPRE será inferior a lo inicialmente aportado. Cuánto menos?, pues nadie sabe darnos una respuesta, porque depende de la curva ponencial o no sé qué... Mis suegros no necesitarían rescatar nunca este dinero, por lo que a los herederos todos nos serían ventajas ya que nos abonarían el 101 % de lo aportado . -Esto es así? Si no se necesita ese dinero de por vida, es una buena opción para los herederos al menos? -Esto al ser un Seguro esta garantizado por el FGD -Otra pregunta que me viene a la cabeza: los fondos de pensión están igualmente cubiertos por FGD? Mil gracias de antemano, espero vuestras respuestas!!!
Buenas tardes Lolaila.
Se trata de un seguro por lo que está supervisado por la Dirección General de Seguros (DGS), no por el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD). En este caso, el banco garantiza una rentabilidad mínima, en este caso el 1 %, siempre que se cumplan los requisitos que se detallen en el contrato.
La razón por la que al rescatarlo en dinero aportado es menor es porque se deben pagar los impuestos correspondientes.
Para que se pueda heredar debe estar debidamente detallado en el contrato como la contratación de un seguro de vida ya que muchos de estos seguros no tienen por qué incluir esta opción. Asegurarse de que está en el contrato es especialmente importante si esta es la finalidad del seguro.
¡Un saludo!
Hola, gracias por la respuesta. A mí me parecería normal que sobre los intereses reventados se aplicase la retención de Hacienda. Pero sobre el capital??. Además, nadie te sabe decir si se van a llevar mil o quince mil. A mí eso me genera mucha desconfianza. Por otro lado, debo pedir expresamente que aparezcan los herederos ?. Gracias!
Buenos días, Lolaila.
Los seguros de renta vitalicia tributan de manera diferente según la edad de contratación a través del impuesto de rendimiento de capital mobiliario, es por esto que es complicado calcular cuál será la cantidad a la que se aplique el impuesto correspondiente. En el pdf del Banco Santander sobre Rentas Vitalicias explican de manera más detallada esta tributación. De todas maneras este impuesto no será el mismo si se trata de una herencia. Igualmente este es un tema más fiscal que financiero, por lo que es mejor que acudas a un profesional en el tema que pueda asesorarte de manera más personalizada.
Es importante que aparezca de manera expresa en el contrato si el fin de este seguro es para dejarlo en herencia ya que de esta manera te aseguras de que no te encontrarás ningún problema más adelante.
Un saludo