Las comisiones que nos ha cobrado el Banco por apertura de credito para una hipoteca, tambien se le pueden reclamar al banco que nos las reintegren??. No se si la sentencia de TRIBUNAL SUPREMO habla de eso, pero yo entiendo que si el banco nos cobra ya intereres por el servicio que nos presta, es como si estuvieramos pagando 2 veces por lo mismo.
Alguien sabe algo al respecto??
Gracias
Hola Helper,
Para saber si un cargo es legal o no, es necesario averiguar la naturaleza y origen de dicha comisión. Por ejemplo, la devolución de los gastos de constitución de hipoteca condenados por el Tribunal Supremo, consisten en los gastos particulares que se generan del proceso administrativo necesario, en tanto que escrituras públicas. Estos gastos han sido condenados, dado que se instruyen en favor de las entidades y no del cliente, que es quien finalmente ha terminado pagándolos.
Esto no tiene nada que ver con el hecho de que el banco realice el cobro de una comisión de apertura. El Banco de España señala que las comisiones bancarias, salvo excepciones, son libres y pueden ser aplicadas únicamente si se tiene lugar el motivo del cobro y siempre que no se cobre dos veces por el mismo concepto, como bien indicas.
A pesar de que sean costes que aparecen al mismo tiempo, tienen sentidos diferentes.
Esperamos haber resuelto tu duda.
¡Un saludo!