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Duda Depositos a plazo fijo multi divisa en el Extranjero
Duda Depositos a plazo fijo multi divisa en el Extranjero
ResponderHola buenas tardes,
Ante todo muchas gracias por darme la oportunidad de resolver las dudas financieras.
Les explico mi caso y las consecuentes dudas;
Actualmente dispongo de varios plazos fijos en cuentas extranjeras multi divisas (enviadas en EUR pero cambiadas a la divisa del País) algunas con una durabilidad de 5 años y otras con una durabilidad de 10 años donde se cobrarían los intereses a su finalización y no antes.
Se que tengo que presentar el modelo720 ya que supera el importe de 50000 EUR.
En 2014 presenté el modelo 720.
En 2016 hice otra inversión de 23500 EUR abriendo plazos fijos en las mismas entidades extranjeras.
Debo volver a presentar el modelo720 en 2017 no por haber ganado 20000 EUR en intereses que no lo he hecho sino por haber abierto en 2016 nuevos plazos fijos por un valor superior a los 20000 EUR?
A parte del modelo 720 se que tengo que declarar en la declaración de la renta de personas físicas los intereses ganados en las cuentas a plazo fijo pero como aún no he cobrado nada ya que tienen una durabilidad tan larga (5 y 10 años) debo declararlo cada año ó solamente el año en el que cobre los intereses?
Por ejemplo para el año 2016 en el caso de tener que declarar en el impuesto sobre la renta las ganancias de los intereses cada año tendría que comparar el capital incluyendo los intereses obtenidos a fecha de 01/01/2016 con el tipo de cambio a EUR de ese día con el capital mas los intereses obtenidos a 31/12/2016 con el tipo de cambio a EUR de ese día y restarlo uno con otro para obtener las ganancias o sería de otra forma?
Igualmente el modelo 720 se tiene que presentar después de que superen los 20000 EUR, pero debo de tener en cuenta el importe que están generando los intereses cada año y presentar el modelo una vez que los intereses hayan sobrepasado esta cantidad aunque no los haya cobrado debido a que no haya finalizado el plazo fijo ó debo tener en cuenta el sobrepaso de 20000 EUR el año que se cierre dicho plazo, cobre el importe y de esa manera sobrepase el límite ?
Los bancos extranjeros con los que trabajo no practican ningún tipo de retención en mis cuentas, que porcentaje le debo de pagar a Hacienda tanto en retenciones como tributos por las ganancias en intereses?
Si Hacienda me retiene alguna cantidad es posible en algún momento solicitar la devolución de lo retenido?
Debo informar al banco de España de mis movimientos/transferencias ya que son importes inferiores a los 150000 EUR?
Se pueden deducir los gastos de las transferencias internacionales realizadas para la apertura de dichos plazos fijos?
Debo declarar o informarme de algún otro dato que se me esté escapando?
Gracias nuevamente por su ayuda.
Saludos. Jaime
Hola, Jaimeth:
Voy a intentar contestar a todo lo que nos has preguntado (espero que no se me pase nada).
Una vez presentada la declaración del Modelo 720, solamente deberás volver a presentar este Modelo, cuando en relación con una o varias de estas obligaciones se produzca un incremento del límite conjunto establecido para cada bloque de información superior a 20.000 euros respecto del que determinaste en la presentación de la última declaración y en tu caso también con los nuevos depósitos que has contratado. Además debes informar a Hacienda sobre las cuentas que tengas contratadas en entidades financieras situadas en el extranjero.
Con respecto os intereses debes restarle un tanto por ciento, el cual variará en función de la cantidad total generada:
- Hasta 6.000 € 19 % sobre los intereses
- Hasta 50.000 € 21 % sobre los intereses
- A partir de 50.000 € 23 % sobre los intereses
Con respecto a las transferencias internacionales solo si son de más de un millón de Euros deberías informar al Banco de España y para ahorrar en comisiones puedes consultar alguna de las empresas que se encargan de realizar transferencias internacionales en otra divisa como Transferwise que abaratan gastos y son 100 % seguras.
¡Un saludo!
Hola Irene,
Muchas gracias por su respuesta.
Se que debo presentar por segunda vez el modelo 720 debido a la inversión en 2016 de los 23500 eur adicionales a la primera inversión de 2014 aunque me queda la duda de cuando volver a presentar dicho deposito, por ejemplo si yo no hubiese hecho la inversión de 2016 y hubiese sobrepasado el limite establecido de 20000 eur por generar intereses igualmente tendría que presentar la declaración aunque el importe aun no se haya hecho efectivo ya que según el tipo de deposito contratado este se hará efectivo a su finalización y no antes? Lo digo para saber cuando presentar la tercera declaración.
Cuando menciona que además debo de informar a Hacienda, a que se refiere? No he informado ya a Hacienda con este modelo 720 ?
En la declaración de la renta, se declaran las ganancias el año en que se cobre el importe tras la finalización del deposito o anualmente sin haberlos cobrado?
Gracias nuevamente por su ayuda.
Hola, Angelgo96:
Existe obligación de informar sobre el depósito bancario con el modelo 720 cuando se supere los 50.000 euros con independencia del número de titulares. Deberéis informar de los saldos totales sin prorratear, indicando el porcentaje de participación.
¡Un saludo!