En mi contrato pone: "la alteracion del tipo de interes como consecuencia de la revisión no podrá ser superior o inferior en CINCO puntos al originalmente pactado en este contrato.
Por cierto era con la CAM ahora desaparecida,si es clausula suelo ¿a quien se lo reclamo?
Muchas gracias
Hola aspsap
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¡Un saludo!