Firme mi hipoteca el 28/11/2001 y ponía que el tipo aplicable en ningún caso sería superior al 12% ni inferior al 4%.
Firme mi hipoteca el 28/11/2001 y ponía que el tipo aplicable en ningún caso sería superior al 12% ni inferior al 4%.
Responder¿Es esto cláusula techo y suelo?. ¿Puedo reclamar desde esta fecha los intereses pagados de más?
En su hipoteca tien clausula suelo y techo
Hola, Neferabu:
Efectivamente, tenías una cláusula suelo del 4 % y un techo del 12 % en tu hipoteca. Si quieres saber cómo puedes reclamar el dinero cobrado de más, encontrarás más información en esta página sobre la cláusula suelo.
Además, puedes utilizar la calculadora de suelo hipotecario para descubrir la cuantía que te debe el banco.
¡Un saludo!
sin duda tiene clausula suelo y techo puede visitar el siguiente enlace ****
Gracias Elisenda Picart por tu respuesta. Pero ahora tengo una duda, supongo que cayendo en la trampa por parte del Banco de Sabadell y yo por la necesidad de disminuir mi cuota mensual de la hipoteca, de casi 500 €, ya que estoy jubilado, cobrando 1000 €. Y que todavía me quedan 15 años de hipoteca. Negocie con ellos y pase el 29 de febrero de 2016 a un contrato privado de hipoteca tipo fijo. Mi pregunta es: ¿ Puedo reclamar lo pagado de más por la cláusula suelo en su día, o sea desde el 28/11/2001?. Muchas gracias
Buenas tardes Elisenda. Cierto mi contrato habla de un compromiso de renunciar a cualquier reclamación. Pero mirando por internet he dado con esto: Como norma general, todas las propuestas que están lanzando los bancos/cajas, obvian la devolución de cantidades y exigen renunciar por escrito al derecho a reclamar, tanto si ya se han iniciado acciones como si se plantean en el futuro. Hay que recordar la gravedad de este abuso, ya que la renuncia a los propios derechos se prohíbe expresamente en el artículo 10 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. ¿Tengo alguna posibilidad de iniciar algo? Muchas gracias de nuevo y un saludo