Era titular de una cuenta indistinta junto con mi madre. La única que ingresaba dinero en esa cuenta era mi madre por sus pensiones, pero yo le administraba la cuenta ya que ella estaba en una residencia. Aparte de todos los gastos de mi madre yo he sacado también algún dinero(15000 euros anuales) para ayudarme con mi familia. Ahora mi madre ha fallecido. Desde ese momento no toco nada de la cuenta claro. Hay testamento otorgado por mi madre, para mi hermana y para mí al 50%. ¿Puede mi hermana reclamarme el 50% de ese dinero que he dispuesto en vida de mi madre? Y si es así ¿hasta cuánto tiempo atrás me podría reclamar? ¿Influiría eso en el impuesto de Sucesiones? Pertenezco a la comunidad de Andalucía. Gracias.
Hola flledo,
Suponemos que si eras la única persona autorizada es porque tu madre confiaba en que fueras a dar un buen uso a sus cuentas. Legalmente como persona autorizada de la cuenta bancaria de tu madre tenías derecho a sacar dinero y “operar” con su cuenta mientras viviera, perdiendo todos los derechos de disposición en el momento del deceso.
Ahora bien, los bienes que quedan tras la defunción es lo único que se tiene en cuenta a la hora de repartir la herencia. Dicho esto si consideras que tu madre tuvo un trato favorable otorgándote poderes sobre sus cuentas y moralmente crees que has podido perjudicar a tu hermana intenta llegar a un acuerdo con ella.
En cuanto la cuantía del Impuesto de Sucesiones debes tener en cuenta que se calcula en función de varios factores:
- El valor de los bienes que reciba el heredero
- El parentesco con el fallecido
- El patrimonio previo del que hereda
- La comunidad autónoma
Si quieres saber más sobre cómo gestionar las cuentas de un familiar que ha fallecido te recomendamos que descargues nuestra guía gratuita “Fallece un familiar: cómo gestionar sus cuentas”.
Un saludo