Hola,
A la firma de la extincion de condominio con ING me encuentro que el banco "obliga" a que en la escritura conste que "Les advierto yo, el notario, que esta liberación de responsabilidad no surtirá efecto respecto del acreedor en tanto éste no preste su consentimiento". Es decir que el vendedor no queda exento de la responsabilidad de la deuda en la extincion de condominio hasta que el acreedor (banco ING) no preste su consentimiento.
Es ridiculo firmar una extincion de condominio sin que te hayan ratificado la responsabilidad de la deuda en el momento de la firma, o con la asistencia de un apoderado del banco para ratificar la extincion el mismo dia con todas las partes implicadas.
Me preguntaba si el banco puede facilitar un documento privado indicando la viabilidad de la operacion y por tanto su consentimiento a la liberacion de la deuda por parte del vendedor una vez la extincion de condominio haya sido firmada, o en su defecto, añadir una clausula de forma que si el consentimiento no se produjera la operacion quede anulada.
Me gustaria que dieran soluciones hasta situacion para evitar tener que llevarme la hipoteca a otro banco dada la imposibilidad de la firma de la extincion de condominio debido a esta clausula.
Laura, yo llevo así desde agosto del año pasado que solicité la novacion y extinción de condominio. Alegan incidencia informática por no tener el sistema adaptado a la ley de crédito inmobiliario que entró en vigor en marzo del año pasado! A mi me hicieron valoración, pero al copiar expediente es cuando no les deja continuar o eso dicen. Pero es inadmisible. Perdí la cuenta de las reclamaciones que presenté, abrí incidencias solicitando el número, presenté queja ante el departamento de defensa del cliente y me respondieron lo mismo. Ahora voy a presentarla ante el Banco de España. Tú lo has solucionado?
hola Laura. Has podido solucionarlo? Yo sigo igual desde agosto del año pasado