Soy pensionista y quisiera saber si me pueden embargar la pension no contributiva .por no pagar una visa o cofidis?
Soy pensionista y quisiera saber si me pueden embargar la pension no contributiva .por no pagar una visa o cofidis?
ResponderMI PREGUNTA ES ME PUEDEN EMBARGAR LA PENSION NO CONTRIBUTIVA POR NO PAGAR UNA .VISA O A COFIDIS?
Buenos días, Siscu69.
La respuesta es sí. Sin embargo, antes de llegar a ese extremo las entidades tienen otras vías para reclamar el dinero si nos retrasamos en los pagos de los préstamos como
- Aplicar los intereses de demora.
- Comisiones por reclamación de posiciones deudoras.
- Inscripción en un fichero de morosos (ASNEF) si la deuda se mantiene más de un mes.
- Traspaso de la deuda a una empresa de recobros.
Si el impago de los préstamos personales se mantiene, la entidad prestamista podrá reclamar el pago de la deuda por vía judicial y solicitar el embargo de los bienes presentes y futuros (aquí también se incluyen los ingresos).
En caso de perder el juicio, deberás abonar el importe adeudado más las sanciones por demora y los costes del juicio. Para poder llevar a cabo el embargo de una retribución, ya sea una nómina o la pensión, deben cumplirse los límites impuestos en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, donde se recalca que el salario no se retira íntegramente, se deben respetar las necesidades económicas de la persona y su familia.
La parte correspondiente al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), fijado en 900€ mensuales por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social para 2019, es inembargable. De hecho, los ingresos que no lleguen SMI no se pueden retener.
Los ingresos embargables están regularizados por la Ley de Enjuiciamiento Civil y deben ser proporcionales a la retribución percibida. Como ya hemos dicho, se deben respetar las necesidades básicas del afectado y de sus familiares, por eso el embargo se calcula por tramos salariales tomando como referencia el importe del SMI y de si el trabajador recibe 12 o 14 pagas:
- Si los ingresos doblan el SMI: el 30%.
- Si los ingresos son tres veces superiores al SMI: el 50 %
- Si los ingresos son de hasta cuatro veces el SMI: el 60 %
- Si los ingresos son de hasta cinco veces el SMI: el 75 %
- Si los ingresos son superiores: el 90 %
Espero haberte ayudado
Un saludo
Hace 4 años y 3 meses inpeccionde trabajo me sanciono con 1000.1 euro hera autonomo por no dar de alta a un trabajador mio.hace 8 meses estoy cobrando una pension jubilacion . Pregunta como se si la sancion a pescrito?.gracias
Tengo una.pension no contributiva madres de 7 hijos, quiero saber si se me puede embargar por cuota alimentaria por una nieta que tengo
Hola, Maria1822.
La posibilidad o no de embargar una pensión dependerá de la cantidad de dinero de la que conste. Si está por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), no se puede embargar nada tal y como indica la Ley de Enjuiciamiento Civil. Sin embargo, para cantidades que superan el SMI, sí se puede embargar una parte para satisfacer deuda. Para ello, antes deberá celebrarse un juicio.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo
Soy pensionista de una gran invalidez con complemento esto me lo pueden embargar de complemento me dan un 45 por ciento y lo demás es pensión de gran invalidez 1577 de esta cantidad como he dicho un 45 es complemento??
Hola, Malén.
En principio, igual que ocurre con otros ingresos, siempre que el ingreso mensual supere el Salario Mínimo Interprofesional el juez, si así lo considera en un juicio, podrá ordenar el embargo de una parte de los ingresos para satisfacer las deudas correspondientes y los intereses generados.
Un saludo
Buenas noches. Mi marido es pensionista por discapacidad y recibe una pensión no contributiva con necesidad de tercera persona. O sea recibe 369€mas el 50% por necesidad de tercera persona. Resulta que antes de darle el ictus estuvo trabajando en un empresa agrícola. Y los últimos 5 años la empresa tenía que pagar el sello agrícola. Ya que mi marido era trabajador por cuenta ajena. La empresa no pagó esos años de sellos. Por lo tanto hay una deuda que asciende a casi 9.000€. Y no tenemos con que pagar. En mayo de este año mi marido recibió casi 8.00p€ debido a que solicito su pensión no contributiva por discapacidad. Y ahora resulta que la seguridad social le embargo ese dinero y todos los meses le quita 180€ más. Cuando yo no trabajo. Ni tengo ayudas y tenemos un hijo también con discapacidad y pagamos 500e de alquiler. Y mi marido tiene movilidad reducida. Es normal eso. Porque tengo entendido que las pensiones no contributivas son inembargables. Gracias. Un saludo.
Hola, Agustina:
Como comentamos más arriba, la posibilidad o no de embargar la pensión dependerá del importe de la misma.
Si esta es por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), actualmente en 900 euros, no se debería de poder embargar, según la la Ley de Enjuiciamiento Civil. Si la pensión supera esa cantidad, sí se puede embargar una parte para cobrar la deuda.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
tengo una pension madres 7 hijos y un deuda impaga q dicen es de 60.000pesos ..me pueden embargar la pension...yo he ofrecido pagar mensualmente pero ellos exigen una cuota mayor...me pueden embargar yo no tengo nada a mi nombre y no poseo autis o bienes....solo una xasa de barrio a nombre de mi marido...
Hola, Fabiana Bertotto:
¿Desde qué país nos escribes? No conocemos las leyes relativas a los embargos de cuenta de países que no sean España. Te recomendamos que te pongas en contacto con algún especialista en el tema en tu país.
Por si te sirve, puedes consultar esta página con información sobre los embargos de cuenta.
¡Un saludo!
Cómo puedo saber lo que queda por pagar de una deuda que nos están embargando a varios socios? Gracias
Buenos días, Mercedes.
Para poder verlo tienes tres alternativas:
- Buscar la sentencia del proceso judicial, donde se explicará cuánto se debe y cómo se reembolsará este crédito.
- Buscar el nuevo contrato de reembolso del crédito, donde también aparecerá el cuadro de amortización y todos los detalles del reembolso del préstamo.
- Ponerte en contacto con la empresa que deudora para que te pueda facilitar un cuadro de amortización o una copia del contrato.
A través de estas tres formas deberás encontrar una tabla donde detallarán cuánto se cobrará cada mes, cuánto pagaremos en total, cuándo se cobran cada mes estas cuotas y cuánto quedará por pagar después de cada mes.
¡Un saludo!
Buenas tardes, mis padres se encuentran en una situación muy difícil, deben 14.000€ en 4 tarjetas diferentes, y los dos tienen una pensión por jubilación de 640€, y nada en absoluto a su nombre, ni propiedades, ya que están de alquiler. Ya no pueden afrontar los pagos ya que tienen una deuda muy grande acumulada, y no tendrían ni para comer si no fuese por nosotros, si dejasen de pagar, le podrían embargar la pensión? Están casados en gananciales. Cómo les podría repercutir?
Muchas gracias!
Saludos!
Buenos días, mafg.
En teoría sí que se podría. No obstante el banco no tiene la potestad de embargar nuestras cuentas. Esto lo debe decidir un juez si el banco decide denunciar el impago y, en estos casos, dependerá del sueldo el importe embargable de cada pensión.
- Si los ingresos doblan el SMI: el 30%.
- Si los ingresos son tres veces superiores al SMI: el 50 %
- Si los ingresos son de hasta cuatro veces el SMI: el 60 %
- Si los ingresos son de hasta cinco veces el SMI: el 75 %
- Si los ingresos son superiores: el 90 %
Normalmente, el banco tiene que pasar por otras vías antes de llegar al extremo de denunciar como reclamar el impago directamente ellos, inscribirnos en un fichero de morosos (como ASNEF) o traspasar la deuda a una empresa de recobros.
Lo más aconsejable es que acudan al banco (tanto donde tienen deudas como en otros) donde tienen el crédito y pidan una reunificación de las deudas en otro préstamo. Las tarjetas de crédito tienen un interés que ronda el 20%, mientras que los préstamos tienen un interés medio del 8,5%, por lo que si pueden traspasar la deuda de las cuatro tarjetas a un solo préstamo, pagarían menos y únicamente una cuota en vez de cuatro.
Si esta alternativa no funciona, siempre podrán negociar con la entidad para pedir unas cuotas más bajas para evitar el impago sin que ello desequilibre su economía.
Si tienes cualquier otra pregunta, no dudes en contactarnos.
¡Un saludo!
Pero en este caso no alcanzan el SMI, por lo que en teoría no se lo podrían embargar, cierto? Muchas gracias
Saludos!
Buenas tardes, mafg.
El Salario Mínimo Interprofesional de 2019 se situó en 12.600 euros anuales. Si no sobrepasa ese límite, en teoría no podrían embargar la pensión.
Igualmente, este es un tema más legal que financiero y dependerá en última instancia de la decisión del juez, por lo que es aconsejable que acudas a un abogado experto en el tema, ya que deberían tenerse en cuenta excepciones como si se suman las pensiones de ambos, por ejemplo. Un abogado podrá responder de manera más personalizada a tu duda.
¡Un saludo!
Hola tengo una pensión de 1100 euros en 14 pagas...
He tenido un problema de ludopatía y tengo varios préstamos que no puedo pagar
Uno de 200 de 9.000€
Uno de 95 del coche me quedan 4000 por pagar
Otro personal de 7000 más que pago 130
Otro de 3000 y pago 90
Y varios minicreditos que no puedo hacer frente
Mi pensión es de invalidez absoluta
No puedo hacer frente a todo
Que puedo hacer?
Hola, Javier:
En caso de embargo de nómina, podrían embargarte un porcentaje de tu pensión, aunque únicamente la parte que supera el salario mínimo, establecido en 900 euros. Según lo que cobras, solo podrían embargarte un 30% del tramo de 900 euros a 1.100, tu sueldo. Es decir, 60 euros.
En esta página sobre embargos, tienes más información al respecto.
¡Un saludo!
Aunque sean diferentes bancos?
Como se hace que se unifiquen deudas?
Ya que voy ahogado...