Cancelar y repartir una cuenta bancaria al fallecer el titular.
Cancelar y repartir una cuenta bancaria al fallecer el titular.
ResponderQuisiera saber que entra o no para repartir el dinero de una cuenta al fallecer un titular. Digamos que una cuenta está repartida en 3 partes, pero hasta el rescate del dinero, hay ingresos y gastos normales de una cuenta a parte de indemnizaciones por diferentes motivos para el que era titular. ¿Cómo se realizaría la cuenta, si uno de los herederos sólo tuviera derecho al dinero de la cuenta y no a lo que conlleva las propiedades que tenía el fallecido? Digamos que de ahí se pagaba una comunidad de propietarios y se recibían rentas de alquileres.
Hola Sigomedel,
Si ya habéis accedido al testamento del fallecido y asigna la cuenta bancaria a uno de sus herederos el siguiente paso es informar al banco del derecho hereditario, presentando el certificado de defunción y el Registro de Actos de Última Voluntad junto a una copia autorizada del último testamento y la liquidación del Impuesto de Sucesiones.
Recuerda que antes de aceptar la herencia conviene hacer cálculos para ver si las deudas superan el beneficio de los ingresos. Para saber más sobre cómo gestionar las cuentas de un familiar que ha fallecido te recomendamos que descargues la guía gratuita:
Fallece un familiar como gestionar sus cuentas
Gracias por utilizar nuestro foro de cuentas para resolver tus dudas.
Un saludo