¿Puedo cancelar el depósito antes de que finalice el plazo?
¿Puedo cancelar el depósito antes de que finalice el plazo?
ResponderHola Hace un mes por online he contratado un depósito referenciado en Activobank el modelo es, depósito IBEX up 25, cuando llame para informarme no me dijeron que no admite cancelación anticipada, cuando quise sacar una parte del depósito, es cuando me dijeron en Activobank que las normativas así lo dicen y cuando las leí,era totalmente correcto. El problema es que como autónomo necesito pequeñas cantidades de dinero para continuar con el negocio, si ahora no dispongo de capital no podré continuar mi negocio, dada la situación tan grave que me encuentro, ¿existe algún tipo de solución? Gracias Esteve
Lamentablemente, si en el contrato está especificado claramente que es un depósito no cancelable, poco se puede hacer al respecto. Quizás podrías conseguir que el banco te conceda un préstamo con el depósito como garantía, aunque lo correcto sería que no te cobraran intereses por ello.
¡Suerte!
Hola! Estoy buscando invertir en depósitos y me gustaría saber si existen plazos fijos en los que no me pongan pegas si quiero cancelarlo antes de tiempo. Gracias!
Hola Baya,
A día de hoy, algunos bancos incluyen depósitos bancarios que permiten la cancelación anticipada entre su oferta de productos. Ahora bien, en ocasiones, esta acción puede conllevar algún tipo de penalización.
A continuación, encontrarás el ranking de los mejores depósitos con cancelación anticipada de 2016. Te recomendamos que te fijes bien en las condiciones de cada uno de ellos, ya que algunos están sujetos a penalización y otros no:
Consulta las mejores depósitos con cancelación anticipada
¡Un saludo!
Tengo un problema: Hace unos meses contraté un depósito a un año y ahora me urge cancelarlo porque necesito el dinero ya mismo. ¿Qué penalizaciones suele imponer un banco por una cancelación anticipada del contrato? Muchas gracias!
Hola Júlia_R:
Para poder ayudarte primero deberíamos saber qué depósito tienes contratado. Cuándo lo sepamos podremos ofrecer una respuesta a tu problema.
Es el depósito BESV a 1 año con una rentabilidad del 1,22 % TAE. Lo contraté hace 3 meses.
Hola Júlia_R:
En primer lugar, puedes estar tranquila porque el Depósito BESV, para cualquier plazo, admite la cancelación anticipada, aunque debes saber que esta incluye penalizaciones. Concretamente estas están relacionadas con bajadas de la rentabilidad del depósito y variarán según el plazo que hace que lo tengas contratado. Concretamente consisten en:
- Si se cancela durante los primeros 12 meses, los intereses conseguidos hasta la fecha se quderán en 0 euros.
- Si la cancelación se produce a partir de los 12 meses, los intereses devengados pasarán a ser del 0,50 %.
En el caso que comentas, como tienes contratado el Depósito BESV a 1 año, si lo cancelas en cualquier momento perderás toda la rentabilidad conseguida hasta la fecha, aunque siempre recuperarás la inversión inicial.
Esperamos haberte servido de ayuda, un saludo.
Estas políticas miserables de los bancos! Solo queriendo jugar con nuestro dinero, para luego devolverlos al cabo de un año, luego que se han beneficiado con el doble, hasta el triple en intereses obtenidos para ellos.
Buenas noches. Me pongo en contacto por aquí por si me pueden ayudar. Gracias de antemano. Se hace un plan de ahorro XXI a fecha de 29/11/2002 INDEPENDIENTE. Lo cual tienen una cuenta asociada a los dos planes de ahorro. Fallece un titular. Y el que esta vivo quiere rescatar la parte suya. El banco se ha negado a entregar la parte del fallecido (terminó que entiendo) lo que no comprendo que también se congele el 50% de la totalidad de la persona viva. El banco en un primer momento no se negó. Fue cuando dijimos que se cambiaría de entidad bancaria, por lo que se nos negó la totalidad y se nos ofreció el 50% de la parte que Le corresponde a la persona que queda viva en vez de proporcionar su totalidad correspondiente. El banco alegó que aplicaba la ley. Por lo que me lleva a preguntar por si me pueden informar cual es esa ley. Y si hay derecho a esto. Gracias. Y un saludo
Hola, Toniii:
Cuando un titular de un producto bancario fallece, el banco debe ser avisado para que "bloquee" el producto. Si este es compartido con otro titular, es importante resolver antes de nada la herencia del fallecido, para ver quién es el heredero legítimo de esa parte y se pueda realizar el reparto de los fondos.
Para encontrar los derechos y obligaciones de cada titular sería necesario comprobar el contrato, pero efectivamente el titular vivo no puede recuperar todo el saldo, ya que una parte (el 50 %) le corresponde al heredero del fallecido.
Es posible encontrar toda la información detallada sobre cómo realizar estos trámites en esta guía gratuita sobre cómo gestionar las cuentas de un titular fallecido. Para conocer la ley y otros aspectos relacionados te recomendamos que lo consultes con fuentes especializadas en derecho.
¡Un saludo!
Me han renovado un deposito bancario recientemente, pero como fecha de inicio sigue figurando la fecha en la que lo contrate antes de la renovación. Si lo cancelo anticipadamente tendría que devolver los intereses desde la fecha de inicio o desde la de la fecha de la renovación????